Infidelidad sexual no es causa para exigir pago por daño moral: SCJN

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que la infidelidad sexual en el matrimonio no puede ser invocada como argumento para exigir el pago de un daño moral.

Durante la sesión del miércoles los ministros avalaron la propuesta de Norma Lucía Piña Hernández en la que indicó que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión de carácter personal que depende de la voluntad de los cónyuges y por ello no puede sancionarse a quien decide ser infiel a su consorte.

Fuente: https://www.informador.mx

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