Reducirán cárcel a delatores de lavado; iniciativa de Morena

Aunque “no hayan tenido conocimiento” de que sus organizaciones, partidos o empresas fueron utilizados para lavar dinero, los políticos, activistas, sacerdotes, sindicalistas y empresarios serán castigados con hasta 12 años de cárcel, pero si delatan a quien hizo las aportaciones de dinero de procedencia ilícita, su condena podrá reducirse a cuatro años.

De acuerdo con la iniciativa que modifica la Ley Antilavado, de Ricardo Monreal, líder de los senadores de Morena, para contribuir al golpe financiero al narcotráfico, a partir de intensificar la vigilancia al lavado de dinero, las personas no podrán alegar desconocimiento para evadir la aplicación de estas nuevas reglas, que buscan ser más estrictas.

“Se impondrán de cuatro a 12 años al que, sin haber participado en la comisión del delito al que se refiere el artículo 400 bis del Código Penal federal (lavado de dinero) permita o preste su nombre o la denominación o razón social de una persona moral, para que se le intitulen por cuenta de un tercero, bienes o derechos adquiridos con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de la actividad ilícita, aun cuando no haya tenido conocimiento de esta última circunstancia.

“Cuando la persona que realice el acto mencionado revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en dos terceras partes”, dispone la propuesta de reforma que presentó Morena ante el pleno del Senado y que fue turnada a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda.

Ayer, Excélsior informó que Morena en el Senado presentó una iniciativa de reforma para que las actividades realizadas por iglesias, agrupaciones religiosas, organizaciones civiles, políticos, sindicatos y sus dirigentes sean consideradas vulnerables al lavado de dinero.

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La propuesta de Monreal, que cuenta con el aval de la bancada, ordena a Hacienda “aplicar medidas proporcionales y con enfoque basado en riesgo de financiamiento al terrorismo, a aquellas asociaciones y sociedades sin fines de lucro cuyo fin preponderante sea recibir donativos o destinar fondos para fines caritativos, religiosos, culturales, educativos, sociales o para llevar a cabo cualquier acto filantrópico”.

Pero la iniciativa también prevé la aplicación de nuevas multas y castigos, como imponer de cuatro a 12 años de cárcel y de mil a tres mil días de multa “a quien permita que se realice cualquiera de las conductas señaladas en las fracciones I y II del artículo 400 Bis del Código Penal Federal (lavado de dinero) teniendo la obligación derivado de sus funciones y los medios para identificar las características de las operaciones, las circunstancias de los sujetos involucrados y los elementos objetivos acreditados por los cuales se pudiera desprender la ilicitud de los recursos.

Fuente: https://www.excelsior.com.mx

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