Fue aprobado expedir la Ley de Juicio Político del Estado de San Luis Potosí
Se aprobó por unanimidad realizar el Primer Parlamento de Mujeres del Estado de San Luis Potosí, en el marco de la conmemoración del “Día Internacional de la Mujer”.
Fue aprobada la propuesta de la Junta de Coordinación Política para integrar la Comisión Especial para la Reforma Político-Electoral del Congreso del Estado.
Se aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política para la rescisión de la relación de trabajo y remoción de la Oficial Mayor Marcelina Oviedo Oviedo.
San Luis Potosí SLP.- Con el objetivo de proteger principalmente la integridad de las mujeres que se exponen a hechos de violencia sexual en las horas pico del transporte colectivo, en sesión ordinaria de la LXII Legislatura se aprobó por unanimidad reformar los artículos 12 y 67 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí a fin de establecer la obligación de los concesionarios y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de Gobierno del Estado para que en todas las rutas operen durante las horas pico de servicio, vehículos de uso exclusivo para mujeres y los menores de edad que las acompañen, así como para personas de la tercera edad, en número suficiente para atender la demanda de acuerdo con los estándares de ocupación a que se refiere el artículo 21 de este Ordenamiento.
Será responsabilidad de la Secretaría Comunicaciones y Transportes de Gobierno del Estado determinar en cada ruta los horarios, la frecuencia y la forma en que se han de identificar de manera clara los vehículos en los que se preste ese servicio exclusivo. La programación y sus modificaciones, deberán ser publicadas por la Secretaría en su página de internet, y fijarlos además en todos los centros de emisión y recarga de tarjeta de prepago.
Con esta reforma también se adicionará al glosario la definición de hora pico de servicio: periodos de tiempo en los que la demanda de trasporte es mayor a la capacidad máxima de pasajeros autorizada.
En el dictamen aprobado se señala que de acuerdo con datos de organismos gubernamentales, las mujeres son víctimas de violencia sexual en diferentes espacios en los que llevan a cabo sus actividades, siendo uno de esos espacios el momento en que deben de trasladarse hacia sus centros de trabajo, a la escuela, o sus hogares y lo hacen en medios de transporte público masivo, como son el metro o el autobús.
En la zona metropolitana de San Luis Potosí, todos los días se mueven en el autobús urbano más de trecientas mil personas, de la cuales aproximadamente la mitad son mujeres. En nuestro sistema de transporte como en cualquier otra parte del mundo, existen las denominadas horas pico y horas valle.
Las primeras son aquellas en las que la demanda encuentra su máxima expresión y en consecuencia, las unidades de transporte van prácticamente llenas, ello a pesar que nuestra ley de transporte permite como pasajeros adicionales a los sentados, un número máximo de diez personas. En contraste en las llamadas horas valle, las unidades circulan con capacidad de asientos vacíos.
La violencia sexual contra de las mujeres sucede precisamente durante las horas pico, en donde el pretexto de la aglomeración de gente, busca ser una cobarde justificación para tocamientos y abusos.
Por ello, en nuestro estado es impostergable adoptar medidas de protección para las mujeres y las personas de la tercera edad, la inseguridad y la crisis de movilidad hacen razón suficiente para dar cauce a las reformas de ley que se plantean, además de que no generan un impacto presupuestal que deba impactar a su vez en la tarifa, ello en razón de que no obligará a los concesionarios a pintar los camiones, ya que se dispone que la Secretaría deberá determinar la forma en cómo deban identificarse, lo que al efecto puede ser con un estrobo de un color determinado
Antes de este asunto, fue aprobado por mayoría, con 18 votos a favor y 1 en contra, expedir la Ley de Juicio Político del Estado de San Luis Potosí que tiene por objetivo reglamentar, en lo conducente, el Título Décimo Tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en materia de: I. Responsabilidad de los servidores públicos a los que se refiere el artículo 126 de la Constitución Política del Estado; II. Las autoridades competentes para aplicarla; III. Las causales, y sanciones en el juicio político, y IV. El procedimiento de juicio político.
Son sujetos de esta Ley los servidores públicos a que se refiere el artículo 126, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. La autoridad competente para aplicar la presente Ley será el Congreso del Estado.
Si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, el Congreso procederá a imponer al servidor público alguna, o algunas de las siguientes sanciones: I. Destitución, misma que surtirá efectos al momento de su notificación al servidor público y al órgano de gobierno del que forme parte, o II. Inhabilitación para el ejercicio de empleos o comisiones en el servicio público desde uno hasta veinte años. Tratándose de ex servidores públicos solamente podrá imponerse inhabilitación; entre otros preceptos que contempla esta ley.
En el dictamen aprobado se señala que el treinta de octubre de dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, el Decreto Legislativo número 708, que reformó los artículos 57, 124, 127 y 128; y derogó de los artículos 127 sus párrafos primero, segundo, cuarto y sexto, y 128 sus fracciones I y II y párrafo último, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, y derogó el artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. En el Decreto mencionado se lee en un extracto de la exposición de motivos: … “con esta modificación se elimina de la Carta Magna del Estado, el privilegio procesal conocido como fuero constitucional, respecto a la inmunidad de todos los servidores públicos, y no solamente respecto de los diputados, que no era otra cosa más que la protección de carácter procesal en materia penal que los eximía de ser detenidos, procesados o juzgados, por su probable responsabilidad en la comisión de un delito (acción u omisión típica, antijurídica y punible), previsto en la ley; dejando a salvo la inviolabilidad de los diputados respecto de las manifestaciones que hagan en el desempeño de su encargo”.
Por lo que al no existir la protección constitucional, resulta obsoleto contar con un ordenamiento que establece un procedimiento inaplicable, por lo que es conveniente que la ley sólo regule el procedimiento juicio político.
Se aprobó por unanimidad que la LXII Legislatura del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí realice el Primer Parlamento de Mujeres del Estado de San Luis Potosí, en el marco de la conmemoración del “Día Internacional de la Mujer”.
El Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género, con la participación del Instituto de las Mujeres, llevará a cabo el Primer Parlamento de Mujeres, conforme a la siguiente: Convocatoria pública.
El Congreso del Estado de San Luis Potosí, a través de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género, con la participación del Instituto de las Mujeres, convoca a la ciudadanía a participar, mediante la presentación de solicitudes, en el Primer Parlamento de Mujeres del Estado de San Luis Potosí, bajo las siguientes:
Bases
- Del objeto del parlamento.
El Parlamento de Mujeres es un mecanismo de participación ciudadana promovido por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, que busca crear un espacio para promover, debatir e integrar una agenda legislativa ciudadana inherente a todos los aspectos de la vida de las mujeres potosinas, en relación con la prevención y erradicación de toda forma de discriminación, y para garantizar una vida libre violencia.
- Del lugar, fecha y hora de su realización.
El Parlamento de Mujeres se llevará a cabo en la Ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado de mismo nombre, el día viernes 29 de marzo de 2019, en el Salón del Pleno del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, en punto de las 10:00 horas.
III. De las participantes.
Participarán un total de veintisiete mujeres, de las cuales:
- a) Quince podrán ser designadas directamente por las diputadas y los diputados electos por el principio de mayoría relativa, correspondiendo a cada legisladora y legislador, designar de su distrito electoral, a una mujer, lo que deberán realizar a más tardar el viernes 15 de marzo de 2019, de lo contrario serán seleccionadas conforme al inciso b) de esta Base. b) Al menos doce serán seleccionadas por las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género, con la participación del Instituto de las Mujeres del Estado, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Base VI de esta Convocatoria.
- De los requisitos para participar.
Las aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
- Ser mujer.
- Tener una residencia efectiva al menos de dos años en el Estado de San Luis Potosí, previos a la fecha de la celebración del parlamento.
- Presentar solicitud por escrito dirigida a la Presidencia de la Directiva del Congreso del Estado con atención a la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género; manifestarán su intención de participar en el Primer Parlamento de Mujeres del Estado; proporcionarán sus generales; señalarán número telefónico, correo electrónico y domicilio; y acompañarán copia de su credencial de elector.
- Presentar anexo a la solicitud, escrito en el que se expresen los motivos y/o las razones por las cuales la aspirante estima debe ser considerada para participar en el Primer Parlamento de Mujeres del Estado, y señalará la temática sobre la que versará su participación en el Parlamento, en caso de ser seleccionada.
- Del periodo de presentación de solicitudes.
El periodo de recepción de solicitudes correrá del viernes 08 al viernes 15 de marzo del año 2019, quedando exceptuados los días sábado y domingo por ser inhábiles. Las solicitudes se recibirán en horario de 9:00 a 15:00 horas, en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, ubicada en calle Profesor Pedro Vallejo número 200, Centro Histórico, de esta Ciudad Capital; entre otras bases que contempla la convocatoria.
Fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo que presentó la diputada Laura Patricia Silva Celis para que el Congreso del Estado solicite al Presidente de la República Lic. Andrés Manuel López Obrador, a que le instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que se haga una reasignación de recursos al programa prospera inclusión social correspondiente al ramo 12 salud, y con ello, todas las clínicas y hospitales a nivel nacional y de manera particular en el Estado de San Luis Potosí, no se vean afectadas; tanto en su personal laboral para que no sean despedidos injustificadamente, y se ofrezca un servicio de salud de calidad y calidez, sustentado en la constitución política de los estados unidos mexicanos.
Se aprobó por unanimidad un punto de acuerdo que presentó el diputado Martín Juárez Córdova para que el Congreso del Estado exhorte al Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Andrés Manuel López Obrador, para que el recorte presupuestal realizado al Colegio de Bachilleres y al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí en el ejercicio 2019, sea revertido y le sea otorgado lo anunciado y firmado en el ejercicio fiscal 2018 con su respectivo impacto inflacionario proyectado para el ejercicio fiscal 2019.
Fue aprobado por unanimidad reformar el artículo 82 de la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí, para establecer que: El Fideicomiso Público de Inversión y Administración para el Desarrollo del Turismo en el Estado, tiene como función primordial implementar, asesorar y financiar los planes, programas y acciones de promoción turística del Estado, y se integrará con la partida presupuestal que, en su caso, apruebe el Poder Legislativo a propuesta del Poder Ejecutivo.
Con ello, se fortalece el Fideicomiso Público de Inversión y Administración para el Desarrollo del Turismo en el Estado, que tiene como función primordial implementar, asesorar y financiar los planes, programas y acciones de promoción turística de la entidad.
En el dictamen aprobado se señala que el turismo se configura como uno de los principales sectores económicos de nuestro Estado; por ello, para esta Soberanía era importante realizar adecuaciones para contribuir al desarrollo social y económico, generando empleos bien remunerados que permitirá elevar la calidad de vida de los potosinos.
Se aprobó por unanimidad reformar el párrafo segundo del artículo 9° de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí a fin de sustituir el término endoso que tiene que ver con la materia mercantil, por cesión de derechos con la materia civil relativa a la compra-venta de vehículos.
Con ello se establecerán los términos correctos en nuestra legislación para que no existan que no existan confusiones o interpretaciones erróneas.
Fue aprobado por unanimidad reformar las tablas contenidas en los artículos 4° y 44 en su párrafo segundo; y adicionar al Título Cuarto el Capítulo I Bis denominado “Servicios Comerciales” y el artículo 17 de la Ley de Ingresos del Municipio de Villa de Reyes, para el ejercicio fiscal 2019, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”, como Decreto Legislativo número 106, el diez de enero de dos mil diecinueve, con el objetivo de fortalecer la regulación administrativa; favorecer la legalidad; e incluir derechos en la prestación de servicios, de forma proporcional y equitativa.
Fueron aprobados los dictámenes que desecharon por improcedentes las iniciativas que instaba crear Comisión Especial de Análisis Legislativo, Régimen Parlamentario y Reforma Institucional; y reformar el artículo 10 de la Constitución Política del Estado; los artículos 80, 96, 97, y 98 de la Constitución Política del Estado; el artículo 126 de la Constitución Política del Estado; los artículos 7° y 9º de la Ley del Juicio Político, y Declaración de Procedencia para el Estado de San Luis Potosí; los artículos 67 y 80 de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí; y el artículo 10 y derogar los artículos 64, 75 y 121 de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí.
Se votó en contra, con 10 votos en contra, 5 a favor y 5 abstenciones, el punto de acuerdo que pretendía que el Congreso del Estado promoviera la institucionalización del “Día Naranja” los días 25 de cada mes en sus instalaciones y con todo el personal adscrito al mismo, como en la Auditoría Superior del Estado, mediante la portación de prendas de dicho color y moños o lazos además de llevar a cabo talleres, conferencias y foros mensualmente para la sensibilización de este problema social.
Fue votado en contra, con 12 votos en contra, 7 a favor y 2 abstenciones, el punto de acuerdo que pretendía que el Congreso del Estado exhortara a la titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental de Gobierno del Estado para que en el ámbito de sus atribuciones, establezca en coordinación con los presidentes municipales de San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez las acciones necesarias para habilitar los bajo puentes como zonas de reforestación y espacios verdes, así como la recuperación de espacios públicos para destinarlos a reforestación.
COMISIÓN ESPECIAL PARA LA REFORMA POLÍTICO- ELECTORAL
En asuntos generales fue aprobada la propuesta de la Junta de Coordinación Política para integrar la Comisión Especial para la Reforma Político-Electoral del Congreso del Estado.
Dicha comisión quedó integrada por los diputados y diputadas: Edson de Jesús Quintanar Sánchez, presidente; Sonia Mendoza Díaz, vicepresidenta; Martín Juárez Córdova, secretario; y como vocales Paola Alejandra Arreola Nieto, Martha Barajas García, María Isabel González Tovar, Cándido Ochoa Rojas, Oscar Carlos Vera Fábregat, Eugenio Guadalupe Govea Arcos y Mario Lárraga Delgado.
Después de su elección los diputados y diputadas mencionados rindieron protesta de ley para desempeñar ese cargo.
Se aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política que informó que con el voto ponderado del 70.37 por ciento de los partidos aquí representados acordaron por unanimidad la rescisión de la relación de trabajo y remoción de la Oficial Mayor Marcelina Oviedo Oviedo en su nombramiento, con fundamento en el artículo 185 de la Ley Federal del Trabajo aplicado supletoriamente a la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí por disposición de su artículo 4º, con el argumento de pérdida de confianza, atendiendo a que compareció con ese carácter a presentar formal reclamación por la omisión de información en contra del Grupo Provincial S.A.B., lo que se considera atribución del presidente de la Directiva del Congreso del Estado.
Fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo que presentó la diputada Martha Barajas García para que la LXII Legislatura exhorte al Congreso de la Unión a que mantenga la obligación del Estado de la educación inicial y promueva la educación especial.
En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; entes autónomos; ayuntamientos y organismos paramunicipales; Poder Federal y entes nacionales autónomos; Poderes de otras entidades del país; Particulares e Iniciativas. Entre esa correspondencia se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales la reforma a la Constitución Federal en materia de la Guardia Nacional; y a las comisiones de Puntos Constitucionales; y Justicia la reforma a la Constitución Federal en materia de prisión preventiva oficiosa.
Agotados los asuntos agendados, la presidenta de la Directiva, diputada Sonia Mendoza Díaz, citó al pleno de la LXII Legislatura a sesionar a partir de las 10 horas del lunes 11 de marzo del año 2019 en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jardín Hidalgo número 19.