AMLO es el único que autoriza viajes al extranjero

El pasado 30 de abril, el Presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que había enviado a todas las oficinas del gobierno federal un memorándum con medidas extras para aumentar su política de austeridad, entre ellas que ningún funcionario federal podría viajar al extranjero sin su permiso, y que los viajes y viáticos se reduciría al 50%.

Este martes, en conferencia de prensa, informó que había recibido 100 solicitudes de funcionarios de su gobierno para viajar al extranjero, pero sólo había autorizado 20 salidas a otros países.

El apartado 9 del memorándum difundido el 3 de mayo señala que a partir de este mes:

“Toda comisión al extranjero deberá ser solicitada por escrito, justificada y autorizada por el titular del Ejecutivo federal. […] Asimismo, se ajustarán las siguientes partidas con una reducción del 50% respecto al monto aprobado en 2019: viáticos en el extranjero para servidores públicos en el desempeño de comisiones y funciones oficiales”.

El documento no detalla la forma, ni el modo en que la solicitud de viaje debe ser enviada.

Actualmente, el monto de viáticos por día es de 450 dólares (9 mil pesos), por lo que con base en el nuevo reglamento aprobado por el titular del Ejecutivo federal, sería de 225 dólares (4 mil 500 pesos) lo que un funcionario podría gastar en el extranjero.

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La última reforma hecha a estos conceptos ocurrió el 22 de febrero de 2016, cuando Luis Videgaray, entonces secretario de Hacienda y Crédito Público, publicó los “Lineamientos por los que se establecían medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades federales, en la que siguiendo una política de austeridad el gobierno de Enrique Peña Nieto anunció que sólo se autorizaban el ejercicio de viáticos y pasajes al extranjeros sólo que estás fuera “estrictamente necesarias”.

En el apartado 11 del reglamento señalaba que la autorización para viáticos y pasajes al extranjero correspondería, “a los titulares de las dependencias o entidades respecto de los inferiores jerárquicos. Esta facultad de autorización, podrá ser delegada al Oficial Mayor o equivalente de la dependencia o entidad, y a los titulares de las subsecretarías o equivalentes, así como a los Oficiales Mayores o equivalentes, a los cuales se encuentre adscrito el servidor público comisionado”.

Fuente: https://www.informador.mx

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