San Luis Potosí SLP.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la reforma a los artículos, 17, y 19 en su párrafo primero de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que los ayuntamientos electos para un periodo de tres años, se instalarán solemne y públicamente el día uno de octubre del año de su elección y sus miembros protestarán ante quien designe el Honorable Congreso del Estado.
Con esto se busca que el Ayuntamiento saliente de posesión de las oficinas, bienes y fondos municipales así como de los inventarios, en los términos de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a los miembros del nuevo Ayuntamiento.
La iniciativa presentada por el diputado Cándido Ochoa Rojas, establece que inmediatamente después quien haya sido designado por el Congreso del Estado, tomará la protesta del nuevo Ayuntamiento. Además, destacó que la presente iniciativa, tiene por objeto modificar la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, a efecto de suprimir la intervención de los integrantes del ayuntamiento y/o del presidente saliente, en el acto de la toma de protesta de los ayuntamientos entrantes.
El legislador Ochoa Rojas, también explicó que la modificación aprobada por el Pleno del Congreso del Estado, plantea dos circunstancias a saber: “La primera, que existe una aparente ilegalidad al encomendarle a los integrantes del cabildo saliente, la toma de protesta de los cabildos nuevos, toda vez que si ello se hace antes de que fenezca el plazo constitucional del mandato de los que están en funciones sería ilegal porque el nuevo ayuntamiento aún no está vigente en sus funciones, y si es al revés, lo mismo sucede, en atención a que el ayuntamiento saliente, al tomar la protesta cuando el entrante ya esté vigente en su función, o sea a partir del primero de octubre”, agregó.
De igual forma, en su exposición de motivos, se precisa que el Ayuntamiento saliente, ya no tiene ninguna representación, porque feneció el período para el que fue electo; y la segunda, porque se da la circunstancia de que, salvo muy raras excepciones, se generan conflictos entre ambos cabildos, que redundan en un enrarecimiento de la toma de protesta, incluso, hay algunos que abandonan esos actos protocolarios, al no interesarles llevarlos a cabo porque simplemente han concluido en su función y algunos otros no solo los ignoran sino que los boicotean de cualquier forma que les sea posible y es que generalmente el proceso electoral en un municipio, se vive con mucha intensidad, desgaste y confrontación entre los participantes, de entre los que surge el nuevo ayuntamiento.
Por lo anterior, señaló que lo ideal es que “el Congreso del Estado tome la batuta, a efecto de que por sí o a través de la persona que designe como representante, se ocupe del acto protocolario de toma de protesta de los ayuntamiento electos, en virtud de que es ajeno al ambiente local municipal y además en el Congreso del Estado se encuentran representados todos los habitantes del Estado, a través de distritos electorales, por lo tanto, la propuesta es que se suprima de los dos numerales antes mencionados la parte conducente, excluyendo de participar en ese acto protocolario al Presidente y/o Ayuntamiento saliente”.