San Luis Potosí SLP.- Por unanimidad, el pleno del Congreso del Estado aprobó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, luego de varios meses de análisis con la participación de integrantes de la LXII Legislatura, dependencias gubernamentales, autoridades diversas y expertos en el tema.
El ordenamiento representa un parteaguas en la historia legislativa de San Luis Potosí, por las consultas que se llevaron a cabo y por abordar todos los tipos de violencia contra las mujeres, desde los planteles educativos, el noviazgo, el hostigamiento y demás rubros que no estaban considerados.
Los diputados integrantes de las comisiones de Justicia, Derechos Humanos, Igualdad y Género, Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social y Hacienda del Estado, presentaron el dictamen ante el pleno.
La propuesta legislativa está integrada por iniciativas de las diputadas Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, Laura Patricia Silva Celis y Alejandra Valdés Martínez, así como el Gobernador del Estado, Juan Manuel Carreras López.
La diputada Consuelo Carmona Salas destacó que la violencia contra las mujeres parece no tener final, por lo que es necesario que todos actúen de forma conjunta, las esferas políticas, los organismos asistenciales, la seguridad pública y la población, postura en la que coincidió la legisladora Beatriz Benavente Rodríguez, quien destacó el trabajo que se hizo durante meses en un ejercicio que debe repetirse en otras leyes, donde todos participan con sus opiniones.
Las legisladoras Marite Hernández Correa y Alejandra Valdés Martínez señalaron que la violencia contra las mujeres permea en espacios públicos y privados y esta ley es un parteaguas para combatir esa realidad, porque se incluyen temas y rubros que en otros ordenamientos no se consideraban; todas las leyes son perfectibles pero ésta tiene grandes avances.
En sus intervenciones, las legisladoras Sonia Mendoza Díaz e Isabel González Tovar consideraron que muchas de sus participaciones no se incluyeron en el ordenamiento y pidieron que sean las y los diputados quienes legislen y no los asesores o personas que dicen tener experiencia en el tema; votaron a favor porque reconocen avances aunque señalaron que se debe mejorar el ordenamiento.
Se pone especial énfasis en el carácter urgente de las órdenes de protección reguladas por esta Ley y sugiere la posibilidad de reexpedición en caso de no cesar la violencia que las originó o para salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas en situación de violencia, así como de las víctimas indirectas en situación de riesgo.
Por otra parte, en concordancia con la Ley General, se explica en qué consisten las órdenes de protección preventivas. La Ley establece los principios y criterios que, desde la perspectiva de género, orienten las políticas públicas para reconocer, promover, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
En este sentido, la coordinación interinstitucional es una estrategia fundamental para que la Federación, Estado y municipios se encarguen en el ámbito de su competencia y atribuciones, de las acciones tendientes a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Es decir, el objetivo de esta Ley no es sancionar, sino establecer las bases para generar una coordinación interinstitucional efectiva con el propósito de que cada entidad realice las acciones de prevención, atención, sanción y erradicación que les correspondan en el marco de los ordenamientos jurídicos aplicables.
Así, cada una de las dependencias, entidades, e instituciones cuentan con las atribuciones inherentes a su propia naturaleza, y aquellas que se refieren a sancionar se pueden ubicar en diversa disposición, como en el que se refiere a la competencia de la Fiscalía General de Estado.
La Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se envió al ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.