Congreso del Estado eligió a Felipe Aurelio Torres Zúñiga como Fiscal Especializado

En delitos relacionados con hechos de corrupción

SE APROBÓ DECLARAR EL 14 DE MAYO DE CADA AÑO, “DÍA POR LA JUSTICIA PARA LAS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.

San Luis Potosí SLP.- En Sesión Ordinaria el Congreso del Estado eligió por mayoría de 21 votos a favor, a Felipe Aurelio Torres Zúñiga como Fiscal Especializado en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción, para el periodo 6 mayo 2021-5 mayo 2028.

La votación registrada fue de 21 votos a favor de Felipe Aurelio Torres Zúñiga; 2 votos a favor de Claudia Hernández Ibarra; y 2 votos nulos.

En el dictamen respectivo se detalla que los profesionistas propuestos cumplieron con los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado que estipula en el artículo 122 Ter: “La Fiscalía General contará, al menos, con las fiscalías especializadas en delitos relacionados con hechos de corrupción, y en materia de delitos electorales; los titulares de las mismas serán electos y removidos en los mismos términos que para el caso del Fiscal General del Estado; los titulares de las demás fiscalías, así como los servidores públicos de esa institución, serán designados y removidos por el Fiscal General en los términos que la ley determine”.

Se establece en el artículo 122 Bis, que el Fiscal General del Estado deberá satisfacer los mismos requisitos exigidos que para ser Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia se requieren, los que se precisan en el artículo 99 del mismo Ordenamiento que, a la letra establece:

ARTÍCULO 99.- Para ser Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia se requiere:

I.- Ser mexicano por nacimiento, y ciudadano potosino en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II.- Tener cuando menos treinta y cinco años el día de su nombramiento, y no más de setenta y tres años de edad; III.- Tener al día de su nombramiento, título profesional de licenciado en derecho con una antigüedad mínima de diez años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello y acreditar el ejercicio profesional por el mismo tiempo; IV.- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que haya ameritado pena privativa de libertad de más de un año; pero, si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; V.- Haber residido en el estado durante los dos años anteriores al día de su nombramiento; y VI. No haber ocupado el cargo de Secretario de Despacho o su equivalente, Fiscal General del Estado, Diputado local, o Presidente Municipal, en el año inmediato anterior al día de su nombramiento.

En otro punto, por unanimidad de 23 votos a favor, se aprobó declarar el 14 de mayo de cada año, “Día por la Justicia para las Víctimas de Feminicidio en el Estado de San Luis Potosí”.

Con este decreto se busca dar cumplimiento a una de las medidas de satisfacción que componen el proceso de reparación simbólica del daño en mención encaminada a conmemorar la memoria de las víctimas y sus derechos.

La importancia de este tipo de medidas radica en las implicaciones que tienen a la dimensión histórica y social a partir de la reformulación de significaciones colectivas sobre la vida de las mujeres basadas en la verdad, la justicia y la memoria como elementos estructuradores que establezcan caminos hacia la cero tolerancia a las violaciones de sus derechos humanos y con ello la garantía de una vida libre de violencia para niñas, jóvenes y mujeres.

Se establece que en el marco de esta conmemoración, los tres Poderes del Estado, y los 58 ayuntamientos de la entidad, con base en su disponibilidad presupuestal, organizarán y realizarán eventos, foros, conferencias y cualquier otra actividad que sensibilice la problemática, tanto del acceso a la justicia para las víctimas de feminicidio y sus familias, como de la violencia contra las mujeres que se constituye en impedimento para garantizar el acceso pleno a sus derechos humanos.

Otros dictámenes

 Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor,  la reforma el artículo 2° en su párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de que el Poder Judicial del Estado promueva prácticas sustentables en cuanto al uso del papel, energías limpias; ahorro de agua, y energía; y en general el desarrollo de programas que fomenten mejores prácticas en materia de aprovechamiento de insumos, así como el implemente de la digitalización como medida de optimización del uso de recursos

Con esto, se pugna porque en el Poder Judicial del Estado se implemente la digitalización de documentos que reduzcan la reproducción de fotocopias, así como la impresión de archivos que se requieran para consulta, y fomentar de esta forma el uso de cero papel. Así como la promoción de ahorro del agua, y de la energía, acciones que en conjunto abonan para la mejora del ambiente, y el uso responsable y medido de los insumos.

Se aprobó por mayoría de 24 votos a favor y una abstención, la adición al artículo 56 el párrafo tercero, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, para establecer dentro de la legislación el programa de aulas hospitalarias, el cual se encuentra funcionando por acuerdos interinstitucionales, pero que se requiere incluirlo en la legislación a fin de que sea un programa permanente.

La modificación aprobada indica que “En caso de que el paciente, se encuentre realizando estudios de educación básica y media superior, deberá recibir el acompañamiento técnico-pedagógico de las aulas hospitalarias tanto en su estancia en el hospital, como durante su convalecencia en su hogar, para poder reintegrarlo al sistema educativo regular”.

Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor,  la reforma el artículo 51 en su fracción XIV; y adiciona al mismo artículo 51 una fracción, ésta como XV, por lo que actual XV pasa a ser fracción XVI, de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, para Implementar, con base en el Programa Interno de Protección Civil que establece la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí, capacitación para las y los trabajadores en el rubro, por lo menos una vez al año dentro de la jornada laboral y se dispone en un artículo transitorio la obligación de que, dentro de los 180 días a partir de la entrada en vigor de esta modificación, se deberá dar la primera capacitación en la materia.

Por mayoría de 22 votos a favor y uno en contra, se aprobó la reforma al artículo 154, de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, para establecer que en las notificaciones personales posteriores a la primera cuando el domicilio o local se encuentre cerrado, el actuario dejará pegada copia en la puerta de entrada de la resolución y de la cédula notificación, de todo lo cual asentará razón en autos.

Se aprobó por mayoría de 19 votos a favor y 5 en contra, la reforma el artículo 26 en su fracción I la tabla cuarta, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cerro de San Pedro, ejercicio fiscal 2021, con el objeto de homologar el cobro por el concepto de servicios de planeación respecto a los municipios colindantes, y generar con ello una competitividad que impulse futuras inversiones.

Por unanimidad de 25 votos a favor, se aprobó llamar a comparecer ante el Congreso del Estado, en fecha y hora que la Directiva determine, al servidor público que resulte ser el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas, para que explique públicamente el incumplimiento de la Recomendación 22/2018, emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Por unanimidad de 24 votos a favor, se aprobó llamar a comparecer ante el Congreso del Estado, en fecha y hora que la Directiva determine, a los servidores públicos que resulten ser los titulares de: la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas; y Oficialía Mayor, para que expliquen públicamente el incumplimiento de la Recomendación 3/2017, emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Se aprobó por unanimidad de 23 votos a favor, la licencia por tiempo indefinido a la diputada Angélica Mendoza Camacho, a partir del 7 de mayo.

En una primera Sesión Solemne, con la presencia del Secretario General de Gobierno, Jorge Daniel Hernández Delgadillo, y del Magistrado José Luis Ortiz Bravo, en representación del Poder Judicial del Estado, rindió protesta de ley el diputado suplente, Wilibaldo Torres Rodríguez.

En la segunda Sesión Solemne, luego del término de la Sesión Ordinaria, rindió protesta de ley, el profesionista Felipe Aurelio Torres Zúñiga como Fiscal Especializado  en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción, para el periodo del 6 de mayo del 2021 al 5 de mayo del 2028. En esta sesión estuvieron presentes el Secretario General de Gobierno, Jorge Daniel Hernández Delgadillo; y la Magistrada Olga Regina García López, presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del Consejo de la Judicatura.

También rindió protesta de ley a la diputada suplente, Yahaira Campos Gómez; y como, vicepresidenta de la Junta de Coordinación Política, luego de que los diputados del Grupo Parlamentario de MORENA la nombró como su coordinadora.

En Asuntos Generales, participaron la diputada María del Rosario Berridi Echavarría; y el diputado Edgardo Hernández Contreras, sobre diversos temas.

A las Comisiones Legislativas se turnó la correspondencia enviada por el Poder Legislativo; los demás Poderes del Estado; los entes autónomos; los ayuntamientos y organismos paramunicipales; el Poder Federal; los Poderes de otras entidades del país y particulares; así como las iniciativas presentadas por los diputados integrantes de la LXII Legislatura del Estado.

Agotados los asuntos, se citó a Sesiones Solemne y  Ordinaria, en modalidad presencial, el viernes 14 de mayo del 2021, 10:00 horas, salón “Ponciano Arriaga Leija”, en Jardín Hidalgo 19.

Nota Completa
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