Diputados aprueban nueva Ley de Juicio Político

De madrugada, los nuevos diputados federales de Morena y sus aliados aprobaron una iniciativa que expide una nueva Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

La nueva ley, además de contener nuevos lineamientos para su procesamiento, entre otras cosas obliga a los Congresos locales a acatar las decisiones de desafueros del Congreso federal y evitar que se repitan casos como el del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, acusado de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.

Con el voto en contra de la oposición del PAN, PRI, MC y PRD, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó esta nueva Ley Reglamentaria de los artículos 108, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución, y eliminaron la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, “por obsoleta y porque genera ambigüedades, conflictos normativos y otros problemas de aplicación”.

in dictamen, con la dispensa de todos los trámites y con “urgencia y obvia resolución”, dado que en San Lázaro aún no hay comisiones conformadas, la nueva ley es un instrumento aprobado “por consigna”, “para la persecución política”, con “venganza y revanchismo” y “solo para perseguir a los adversarios políticos”, acusaron diversos legisladores del bloque opositor.

Los de la 4T respondieron que “el león cree que todos son de su condición”, “eso harían ustedes con esta ley, nosotros no”, “no tengan miedo combatir la corrupción”, “el que nada debe nada teme”.

En su primera medición de fuerzas en la nueva Cámara Baja, la propuesta de nueva ley se aprobó, en lo general, con 273 votos a favor y 220 en contra, y en lo particular de los artículos más cuestionados, después de debatir 61 reservas a 38 artículos con 40 oradores, avanzó con 266 votos a favor, 205 en contra y se turnó al Senado para su discusión y votación.

Señalaron que en su artículo 35 de la nueva ley se establece que “por lo que respecta a las personas titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, a quienes se les hubiere atribuido la posible comisión de delitos federales, la declaración de procedencia que al efecto dicte la Cámara de Diputados se remitirá a la legislatura local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda en estricta observancia de lo decretado en definitiva por la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos erigida en jurado de procedencia”.

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Propone también que la Sección Instructora de la Cámara Baja, encargada de dictaminar la procedencia de los desafueros, rompa con el orden de prelación de como hayan sido presentadas las solicitudes de juicio de procedencia y aumenta de 4 a 5 su número de integrantes para evitar que existan empates.

Se destaca que la ley es “un paso firme para eliminar el sistema de impunidad que existía desde la ley suprema, y que brindaba protección y privilegios al presidente de la República y, al mismo tiempo, violentaba el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley”.

Sin embargo, a la nueva ley se le añadió en una “reserva” del PT que “las sesiones para estos juicios sean presenciales”, que “no se deje de lado la presunción de inocencia” y que “en el caso de los senadores se requiera una mayoría calificada”.

Aseguraron que se termina con la “añeja tradición constitucional que permitía la impunidad del mandatario, más que proteger su delicado encargo”.

Además, se realizan modificaciones respecto al juicio político: se amplía el plazo en que puede iniciarse un procedimiento de este tipo después de la conclusión del encargo, pasando de 1 a 7  años; se aumenta la duración de la inhabilitación que puede imponerse como sanción de 1 a 20 años para quedar en mínimo de 10 años y máximo de 30 años.

Se realizan precisiones procedimentales que se apegan a los principios constitucionales del debido proceso y de garantía de audiencia como son las actuaciones; notificaciones; diligencias; ofrecimiento, calificación y desahogo de pruebas.

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