Juez niega captura contra extitular de Conacyt y 30 Científicos

Un juez de control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal ubicado en Almoloya, Estado de México, negó a la Fiscalía General de la República (FGR) girar órdenes de aprehensión contra 31 científicos y académicos que ocuparon cargos administrativos en el Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), una asociación civil que recibía fondos públicos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), confirmó una fuente autorizada del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

La resolución judicial forma parte de la causa penal 299/2021 iniciada por la FGR contra los exdirectivos del Foro Consultivo tras una denuncia que presentó la actual directora del Conacyt, María Elena Álvarez-Buylla, por la entrega presuntamente irregular de 50 millones de pesos del Consejo a esa asociación civil.

La sentencia del juez que niega la orden de aprehensión todavía puede ser impugnada por la Fiscalía ante un tribunal federal, pero constituye un revés para la teoría del caso de las autoridades ministeriales

De acuerdo con los diarios Reforma y El Universal, la Fiscalía General de la República pretende imputar los delitos de peculado, uso ilícito de atribuciones y facultades, lavado de dinero y delincuencia organizada a 31 personas, de las cuales sólo dos ocuparon cargos directivos en el Conacyt, su extitular, Enrique Cabrero Mendoza; y el exoficial del propio Consejo, Víctor Gerardo Carreón Rodríguez.

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El resto de los señalados son exdirectivos e integrantes del Foro Consultivo que ocuparon cargos en dicha asociación entre 2012 y 2019, fecha en la que se reformó la ley para regresarle al Conacyt las facultades que se le habían transferido al Foro Consultivo.

En su resolución, el juzgador federal concluyó que el Ministerio Público Federal no presentó elementos de prueba suficientes para emitir las órdenes de captura contra los científicos del Foro, destacando que las transferencias de recursos estaban amparadas por la Ley de Ciencia y Tecnología, vigente en la época de los hechos.

El fallo agrega que “las actividades y los hechos atribuidos a los imputados no fueron cometidos durante la vigencia del actual Estatuto Orgánico del Conacyt que ya no contempla “la existencia de la citada asociación civil, por lo que las transferencias de recursos económicos desde el Conacyt hacia el Foro Consultivo se limitan a una época en la que sí existía un marco legal para dichas operaciones”.

Hasta el momento, el expediente del caso no contempla malos manejos de los recursos entregados por el Conacyt al Foro Consultivo, sino solamente que la transferencia de recursos carecía de sustento legal.

Fuente: https://www.proceso.com.mx/

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