El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha dado su visto bueno al proceso del Frente Amplio por México en la elección de su líder. No obstante, debido a la novedad de este tipo de procedimientos, ha ordenado al Instituto Nacional Electoral (INE) que emita lineamientos para regular este tipo de procesos intra partidistas antes del inicio del proceso electoral 2023-2024 en septiembre próximo.
Estos lineamientos serán de aplicación general y vinculantes para todos los partidos y actores políticos, ya que este tipo de acciones se han vuelto comunes tanto en la oposición (PAN, PRI y PRD) como en el partido en el gobierno (Morena) y sus aliados (PT y PVEM).
El objetivo principal de estas regulaciones es garantizar la equidad en la contienda, asegurar la legalidad y clarificar las conductas permitidas y prohibidas por parte de los partidos políticos. Reyes Rodríguez, magistrado presidente, enfatizó que invalidar el proceso del Frente Amplio por México sería una medida excesiva, ya que están en juego diversos derechos, tanto personales como de partido.
Entre las medidas que se deben regular se encuentran una estricta fiscalización de los recursos utilizados, la fijación de parámetros para los actos previos al inicio del proceso electoral y la clarificación de las consecuencias por transgredir dichas limitaciones. Se prohibirá el uso de recursos públicos, incluidos los tiempos partidistas en radio y televisión, para exponer de manera excesiva a determinadas personas.
Además, se establecerá la prohibición de hacer llamados de respaldo para obtener precandidaturas o candidaturas, así como llamados a no votar por determinadas personas o agrupaciones. Cualquier transgresión de estas normas será investigada conforme a la ley. También se garantizará que no se permitan actos anticipados de precampaña o campaña.
La decisión del TEPJF se tomó por mayoría de tres votos a favor y rechazó la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien abogaba por la suspensión total del proceso. Otálora defendió su proyecto argumentando que este tipo de actos son un fraude a la ley y vulneran los principios de legalidad y equidad en la contienda.
A pesar de la impugnación presentada por los militantes del PT, el resto de los magistrados consideraron que es improcedente. En cuanto a la impugnación presentada por el partido, se determinó que sus argumentos son infundados en relación con la convocatoria, la cual no constituye actos anticipados de campaña y precampaña.
Cabe destacar que la magistrada Otálora tiene otros dos proyectos pendientes de resolución, uno relacionado con el mismo Frente Amplio por México y otro relacionado con el proceso de Morena y sus aliados para elegir al Coordinador de Defensa de la 4T, y se espera que la resolución sea similar.