La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado la inconstitucionalidad de la reforma impulsada por la 4T en marzo de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Esta medida, que favorecía a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre empresas privadas, fue impugnada a través de cientos de amparos promovidos por el sector privado.
La Segunda Sala del máximo tribunal, al confirmar la inconstitucionalidad de los siete artículos principales de la reforma, ha sentenciado que violan reglas sobre generación y mercado eléctrico mayorista, establecidas en la Constitución desde 2013. Esto incluye disposiciones que otorgan preferencia a la energía generada por centrales de la CFE o privadas vinculadas exclusivamente a ella, sobre las renovables y otras empresas privadas.
Aunque el amparo fue concedido solo a seis empresas privadas, la Corte ha subrayado la necesidad de dejar de aplicar la reforma en su totalidad para evitar distorsiones en el mercado. La votación, que resultó en un empate a dos, fue resuelta por el voto de calidad de Alberto Pérez Dayán, presidente de la Sala.
La SCJN ha argumentado que la reforma obstaculiza la competencia y libre concurrencia en el sector de generación de energía eléctrica, desincentiva la participación de nuevos agentes en el mercado y rompe con el mandato de neutralidad del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace). Se destaca que los objetivos de fortalecer a la CFE y garantizar la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional no pueden prevalecer sobre el mandato constitucional de libre competencia y transición hacia energías limpias.
Esta decisión respalda la postura de jueces federales que suspendieron la reforma en abril de 2021, reafirmando la importancia de respetar los principios constitucionales en el sector energético.