Paro en el Poder Judicial de la Federación se mantiene

A pesar de la votación a favor de reiniciar actividades, la mayoría de los juzgados permanecen cerrados.

Este miércoles, el Poder Judicial de la Federación amaneció cerrado en prácticamente todas sus sedes, a pesar de que jueces y magistrados federales habían votado por regresar a las actividades. La decisión de mantener el paro fue impulsada por la determinación de secretarios, actuarios y oficiales judiciales, quienes se negaron a reanudar labores.

En la Ciudad de México, permanecen cerrados el Palacio de Justicia de San Lázaro, así como los edificios de los Juzgados de Distrito en Materia Penal, los Juzgados y Tribunales en Materia Administrativa, los Tribunales Laborales y los Centros de Justicia Penal Federal. La situación ha llevado a los coordinadores de los juzgados y tribunales a declarar inhábil el resto de la semana, impidiendo la reanudación de actividades en estos inmuebles.

El aviso, firmado por Luis Benítez Alcántara, coordinador de los jueces de control en la capital, establece que los días 16, 17 y 18 de octubre seguirán siendo inhábiles, aunque se atenderán guardias y casos urgentes. Esta decisión se produce tras una votación del pasado viernes, donde 684 jueces y magistrados votaron a favor de reiniciar actividades, pero el movimiento de los 32 Circuitos, que incluye a personal administrativo, adelantó su negativa a regresar.

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La falta de un acuerdo uniforme ha generado un desorden en las declaratorias de suspensión, con diferentes tiempos de cierre en cada sede. Por ejemplo, los Tribunales Colegiados en Materia Penal de la CDMX y Nuevo León han declarado la suspensión de actividades por tiempo indefinido, mientras que en Sonora se acordó cerrar del 14 al 18 de octubre.

Hasta el momento, el único órgano jurisdiccional que ha normalizado sus actividades es el Primer Tribunal Colegiado de La Paz, Baja California Sur, que reabrió el lunes. Se espera que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) emita un acuerdo este miércoles para aclarar si existen condiciones para el regreso a la actividad jurisdiccional y determinar la duración del paro.

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