Un nuevo proyecto del magistrado del Tribunal Electoral, Reyes Rodríguez Mondragón, propone modificar la convocatoria emitida por el Senado de la República para la recepción de declinaciones de candidaturas y manifestaciones de interés en la elección judicial programada para 2025. Esta iniciativa surge tras la impugnación de un acuerdo que, según los acusadores, vulnera los principios de certeza y seguridad jurídica.
El proyecto destaca que el plazo establecido para la presentación de declinaciones resultaba excesivamente corto y limitaba el derecho de los juzgadores a manifestar su intención de participar. En este sentido, el magistrado argumenta que el acuerdo impugnado carece de la motivación necesaria para justificar la reducción de los plazos constitucionales y que la única modalidad de presentación física de escritos obstaculiza el ejercicio de derechos fundamentales.
Rodríguez Mondragón propone que se habiliten medios y procedimientos electrónicos para facilitar la presentación de escritos, lo que permitiría un ejercicio más eficiente y justo de los derechos de las personas involucradas sin comprometer sus obligaciones jurisdiccionales. Además, se ordena a la Mesa Directiva del Senado modificar los plazos, estableciendo una nueva fecha límite para la presentación de declinaciones y manifestaciones: el 24 de noviembre, en lugar del 30 de octubre.
El proyecto también aclara que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) mantendrá las facultades de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, a excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hasta que se establezca el Tribunal de Disciplina Judicial.
Desde la perspectiva del magistrado, la modificación injustificada de los plazos constitucionales es un asunto grave, ya que impide que los juzgadores tomen decisiones informadas sobre su permanencia en la carrera judicial. Esto, a su vez, limita la capacidad de evaluar adecuadamente las implicaciones de participar en el proceso electoral y las consecuencias personales y profesionales de cada opción.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha considerado que las quejas presentadas por ciudadanos y juzgadores son válidas, reconociendo que los plazos impuestos contradicen el Decreto de reforma constitucional, que permite presentar declinaciones hasta el cierre de la convocatoria.