Por mandato de Ley al menos una Visitaduría General en cada región del estado

San Luis Potosí SLP.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos debe instituir, por mandato de ley, al menos una Visitaduría General en cada región del estado, propuso el diputado Marco Antonio Gama Basarte en una iniciativa de reforma a Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

De acuerdo a cifras de la propia Comisión, este organismo puede brindar en un solo semestre más de mil 300 atenciones, lo que refleja su importancia como un recurso de defensa que los potosinos utilizan. Sus labores engloban a toda la territorialidad del estado, lo que es un elemento importante a considerar.

Esto, debido a que muchos municipios en distintas regiones, presentan características propias, como alta población indígena, y altos índices de desigualdad; factores que se pueden relacionar con las violaciones de derechos humanos, de las que muchas personas son víctimas, debido a sus condiciones de vulnerabilidad acentuada.

La defensa de los derechos humanos no puede quedar centralizada en la capital de la Entidad, por ello, la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, contempla la creación de Visitadurías Generales, como se estipula en el artículo 67.

Según la redacción actual de la Ley, contar con Visitadurías en las diferentes regiones del estado, es algo optativo, que depende del Consejo y de la Presidencia de la Comisión. No obstante, y basándose en el principio Constitucional pro persona, en tanto que la actuación de la administración pública en México debe tender a una mayor protección de los derechos humanos, resulta necesario que la Comisión fortalezca y expanda su modelo de atención, con el importante objetivo de reforzar sus acciones de defensa de los derechos humanos, llevándolas, de manera permanente, a todas las regiones de nuestro estado.

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El diputado Gama Basarte señaló que propone establecer en la Ley, de manera expresa, que la Comisión deberá instaurar al menos una Visitaduría General en cada región del estado. Esto, de manera reglamentaria, y no opcional, con lo que se reformaría el mecanismo que la Ley contiene actualmente en el artículo 67, derogando la atribución optativa, referida en la fracción II del artículo 51, ya que se trataría entonces de una obligación clara y expresa.

Respecto a la especialización de las Visitadurías, ésta no se debería eliminar, en virtud de que su cometido es brindar atención a la población especialmente vulnerable, sino que se propone incorporar la especialización al nuevo modelo de atención.

Se buscaría entonces que la Presidencia y el Consejo, mediante el mecanismo de resolución, puedan crear áreas de atención especializada, al interior de las Visitadurías Generales regionales, para que en su caso, se dediquen a la atención enfocada a un tema o, a un colectivo.

Con ello, se podría continuar con las labores específicas, al tiempo que se atiende a la población en general, en cada una de las regiones de la Entidad. La iniciativa se encuentra siendo analizada en las comisiones correspondientes para su dictamen.

La iniciativa se encuentra en análisis en la Comisión de Derechos Humanos.

 

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