
Ciudad de México, México.— La discusión sobre la reducción de la jornada laboral volvió a encender el debate político luego de que Jorge Álvarez Máynez, dirigente nacional de Movimiento Ciudadano, acusara a Morena de intentar “dar gato por liebre” con la propuesta que busca establecer la jornada de 40 horas semanales.
A través de redes sociales, el líder emecista sostuvo que el dictamen es una simulación, ya que la reducción no sería efectiva sino hasta 2030 y, además, permitiría extender las horas extra hasta 12 por día, lo que —a su juicio— neutraliza el beneficio para las y los trabajadores.
Las reacciones no tardaron. Varios usuarios le respondieron con sarcasmo, recordándole que la aplicación gradual de la reforma fue anunciada desde el inicio y que el esquema de horas extra no es obligatorio, sino una opción para quienes buscan incrementar sus ingresos. “Eso ya se sabía desde hace meses; que usted apenas se entere es otra cosa”, replicó un internauta.
Más allá de la polémica, el punto central gira en torno a qué dice realmente la reforma sobre las horas extraordinarias y cómo se aplican hoy conforme a la ley vigente y a los criterios de la autoridad laboral.
De entrada, el proyecto de reforma —cuya discusión formal arranca este 1 de febrero— establece la prohibición absoluta de que menores de edad realicen horas extra. También fija un límite claro: la suma de horas ordinarias y extraordinarias no podrá exceder las 12 horas en un solo día.
El dictamen precisa que las horas extra podrán distribuirse hasta en cuatro horas adicionales por día, en un máximo de cuatro días dentro del periodo correspondiente. Estas horas seguirán siendo voluntarias y no formarán parte de la jornada ordinaria, además de que deberán pagarse al doble o al triple, según corresponda.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en la legislación actual se permite trabajar hasta 9 horas extra a la semana, generalmente tres horas por día durante tres días. Si se rebasa ese límite, el excedente debe pagarse al triple del salario por hora.
Con la reforma, sí existe un ajuste al alza en el número potencial de horas extraordinarias, pero el esquema parte de una jornada ordinaria más corta y mantiene su carácter voluntario. Bajo el nuevo modelo —considerando una semana laboral de seis días— las jornadas diarias serían de 6.6 horas, a las que podrían sumarse hasta tres horas extra en cuatro días, previo acuerdo entre empleador y trabajador.
En ese escenario, el tiempo máximo efectivo de trabajo alcanzaría 9.6 horas diarias, sin que ello modifique el principio central de la reforma: reducir gradualmente la jornada semanal hasta llegar a las 40 horas en 2030, sin eliminar el derecho a las horas extraordinarias ni alterar su compensación económica.











