En su exposición de motivos, el diputado señala que en la iniciativa se incluyen también las circunstancias de excepción, y la obligación para el Ejecutivo Estatal y los Ayuntamientos de informar en esos casos, con el propósito general de fortalecer la disciplina presupuestal y controlar la deuda.
El legislador indica que el balance presupuestario sostenible es un elemento contenido dentro del conjunto de reglas de disciplina financiera aplicables a las entidades y a los municipios, en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Indica que a partir del artículo 6 de esa legislación se puede establecer que esta condición se da cuando al final del ejercicio fiscal, dicho balance sea mayor o igual a cero, de igual forma, el balance presupuestario de recursos disponibles es sostenible, cuando al final del ejercicio fiscal y bajo el momento contable devengado, dicho balance sea mayor o igual a cero.
Otro requisito que incluye la norma federal es un supuesto para el financiamiento contratado por parte del gobierno estatal, o municipal que sea utilizado para el cálculo del balance presupuestario de recursos disponibles sostenible, el cual deberá estar dentro del Techo de Financiamiento Neto que resulte de la aplicación del Sistema de Alertas.
Por lo tanto, esta iniciativa pretende armonizar la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, con la Ley Federal, para incluir lo relativo al balance presupuestario sostenible, así como incluir algunas precisiones respecto a la Norma de alcance nacional, con el fin de volver las disposiciones más claras y concisas, sobre todo en el caso de los Ayuntamientos y así mismo, precisar algunas obligaciones del Poder Legislativo.
La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Hacienda del Estado; Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal, para su análisis.