El artículo 176 de la Ley de Ejecución Penal mandata que tanto la Federación como las entidades federativas deben contar con Centros de Tratamiento que cuenten con programas de justicia terapéutica, y que éstos se han de desarrollar conforme a los términos previstos en esa Ley y la normatividad correspondiente.
“En ese sentido, nos mandata que dicho programa debe ser proporcionado por los Centros de Tratamiento, aplicándose con respeto de los derechos humanos y con perspectiva de género siguiendo los estándares de profesionalismo y de ética médica en la prestación de servicios de salud y cuidando la integridad física y mental de las personas sentenciadas”.
En ese sentido, es primordial que esta Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones para el Estado De San Luis Potosi prevea la existencia de estos programas.
“Es básico y necesario que la norma que se pretende reformar contenga una definición de prevención, pues carece de ésta y para ello hemos propuesto la que se define en la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009 Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, incorporándola así en el artículo 2° en su fracción XIII para recorrer los conceptos de las siguientes fracciones.
Así mismo, se fortalecen las facultades de los programas y acciones preventivos que ejecutan el Gobierno del Estado y los municipios con la intención de que éstos programas sean constantes y permanentes en población de alto riesgo y conforme al fenómeno del consumo local.
La diputada Sonia Mendoza dijo que “se sientan las bases para fortalecer la cohesión familiar como parte de estos programas de prevención, pues no se puede prevenir sin fortalecer lazos familiares. Además, con esta reforma se pretende puntualizar la facultad de Gobierno del Estado en coordinación con el Consejo para establecer comunicación con los diversos sectores, grupos, autoridades y líderes de la comunidad, de tal manera que permita y favorezca la realización de acciones coordinadas y permanentes para la prevención del consumo de sustancias psicoactivas y el desarrollo de comunidades saludables”.
Se fortalecen las facultades de la Secretaría de Educación para sus programas de orientación formativa y de prevención de adicciones y se considera importante apoyar en sus facultades al Sistema DIF en la promoción mediante pláticas comunitarias, la fortaleza de vínculos familiares entre padres, madres, tutores e hijos, así como dotarles de herramientas familiares para aprender a socializar con las personas que integren el ámbito familiar; considerando para lo anterior los aspectos macro y micro sociales de las poblaciones objetivo.
La iniciativa de la legisladora Sonia Mendoza se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.