Se aprobaron los dictámenes por los que se expiden las tablas de valores unitarios de suelo urbano, rústico y de construcción para el ejercicio 2019.
Rindió protesta el Consejo de Transparencia del Congreso del Estado
San Luis Potosí SLP.- En sesión ordinaria el pleno de la LXII Legislatura aprobó por mayoría, con 23 votos a favor y 1 en contra, modificar la Minuta de Decreto aprobada por esta Soberanía en sesión extraordinaria del siete de septiembre de 2018 que reforma artículo 135 en su párrafo primero, en su fracción III, y en sus párrafos antepenúltimo y penúltimo y deroga del mismo artículo 135 su ahora párrafo último, del Código Penal del San Luis Potosí, en materia de feminicidios.
Con esta aprobación, que incluyen las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo del Estado, el artículo 135 del Código Penal del San Luis Potosí establecerá lo siguiente: III. Se haya infligido a la víctima, lesiones, o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida; actos de necrofilia; o cualquier otro acto que genere sufrimiento.
IV a VII. Este delito se sancionará con una pena de cuarenta a sesenta años de prisión, y sanción pecuniaria de dos mil a cinco mil unidades de medida y actualización.
Igualmente, tratándose de este delito, al servidor público que en forma dolosa o culposa retarde o entorpezca la procuración o impartición de justicia, se le impondrá pena de prisión de cuatro a ocho años, y multa
de quinientos a mil días de la unidad de medida y actualización, además será destituido, e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión, públicos.
SEGUNDO. En virtud de que la finalidad argumentada en torno a que el delito de feminicidio se investigue y se sancione no se cumple con la reforma del párrafo primero del artículo 135, en parte debido a que la eficacia traducida en aplicabilidad depende como en otras figuras penales de dos principales factores: en primer lugar el apego que tenga su estructura descriptiva a los elementos formales de lo que es un delito, y en segundo lugar en la capacidades y conocimientos jurídico penales que tengan las y los fiscales del Ministerio Público responsables.
Y al no configurarse los elementos del tipo penal del feminicidio, y omitir que se aplicaría las reglas del delito de homicidio se correría el riesgo de que las personas imputadas quedaran en libertad, lo que generaría impunidad, queda sin materia y sin efecto legal alguno, las modificaciones aprobadas en el párrafo primero, y penúltimo al artículo 135 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
En el dictamen aprobado se señala que las observaciones del doctor Juan Manuel Carreras López, titular del Poder Ejecutivo del Estado, realizadas a la minuta descrita en el preámbulo del presente acuerdo, se apegan a lo que dispone el artículo 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.
Por ello, esta reforma al artículo 135 del Código Penal del San Luis Potosí ya puede ser publicada en el Periódico Oficial del Estado, por parte del Poder Ejecutivo del Estado, para que entre en vigor.
Después de este asunto, se aprobaron por unanimidad los dictámenes por los que se expiden, sin incrementos ni actualizaciones, las tablas de valores unitarios de suelo urbano, rústico y de construcción para el ejercicio 2019 de los municipios de Tampacán, Aquismón, Axtla de Terrazas, Cárdenas, Ciudad Fernández, Ciudad del Maíz, Ciudad Valles, Coxcatlán, Ébano, El Naranjo, Lagunillas, Matlapa, Rayón, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Martín Chalchicuautla, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina, Soledad de Graciano Sánchez, Tamasopo, Tampamolón Corona, Tamuín, Tancanhuitz, Tanlajás, Tanquián de Escobedo, Tierra Nueva, Venado, Xilitla y San Luis Potosí capital.
En los dictámenes aprobados se señala que sólo Tampacán presentó su propuesta para las tablas de valores unitarios de suelo urbano, rústico y de construcción para el ejercicio 2019, aunque sin incrementos ni actualizaciones, y como el resto de los municipios mencionados no las presentaron, se aplicarán las mismas que las del año 2018.
Se aprobó por unanimidad reformar el artículo 129 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, a fin de integrar a la modalidad de transporte urbano colectivo, al esquema de descuento por pronto pago de las multas, con lo que se incentivará el pronto pago por parte de los concesionarios al reflejar un ahorro en su economía.
Con esta reforma se establecerá lo siguiente: En el caso de concesionarios y operadores afectos a las modalidades de transporte público previstas en el artículo 21, fracciones, I incisos a), c) y d), y IV, el pago dentro de los primeros diez días hábiles a la generación de la infracción en los supuestos de las fracciones I y II del presente artículo, dará lugar a un descuento de la multa en un cincuenta por ciento, siempre y cuando no haya reincidencia.
Fue aprobado reformar el artículo 64 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de actualizar la sanción a los secretarios de acuerdos adscritos al Poder Judicial del Estado, que omitan o retrasen dar cuenta de los escritos presentados, para así salvaguardar los derechos de los justiciables y hacer más eficiente la impartición de justicia.
Con esta reforma se establecerá lo siguiente: El secretario hará constar el día y hora en que se presente un escrito y dará cuenta con él, a más tardar, dentro de veinticuatro horas; bajo la pena del valor de tres unidades de medida y actualización de multa, sin perjuicio de las demás que merezca conforme a las leyes.
Se aprobó por mayoría, con 23 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, desechar por improcedente iniciativa que proponía reformar el artículo 343 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Además, a petición de las comisiones legislativas respectivas, se declaró la caducidad a dos iniciativas con turnos 2840 y 4429, así como un punto de acuerdo con turno 6669, de la LXI Legislatura.
CONSEJO DE TRANSPARENCIA DEL CONGRESO DEL ESTADO
Se aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política para integrar el Consejo de Transparencia del Honorable Congreso del Estado con las siguientes personas: Dora Hilda Gandy Romero, Edith Fabiola Reséndiz González, Juan Antonio Gallardo Trejo, Jonathán Iván Gamez Juárez y Martín Beltrán Saucedo.
Los cuatro primeros consejeros mencionados rindieron protesta de ley para desempeñar su cargo honorífico conferido.
En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; demás Poderes del Estado; ayuntamientos y organismo paramunicipal; Poderes de otras entidades del país; Particulares; Iniciativas y Punto de Acuerdo.
Agotados los asuntos agendados se convocó al pleno de la LXII Legislatura a sesión ordinaria programada a las 10 horas del jueves 6 de diciembre del año en curso en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jardín Hidalgo número 19.