COMISIÓN DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL APRUEBA REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, DE APROBARSE EN EL PLENO SE TURNARÁ A LA CÁMARA DE DIPUTADOS FEDERAL.
Señaló que de ser aprobada por el pleno del Congreso del Estado, la iniciativa sería turnada a la Cámara de Diputados Federal, buscando así que la propuesta sea estudiada y analizada para su aprobación.
La iniciativa de reforma al artículo 130 de la Ley del Seguro Social, presentada por el diputado Oscar Vera Fábregat, establece que “tendrá derecho a la pensión de viudez quién sea cónyuge del asegurado, asegurada o pensionado por invalidez. A falta de cónyuge, tendrá derecho a recibir la pensión, la persona con quien el asegurado, asegurada o pensionado por invalidez vivió en concubinato, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquella, o con quién hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio. Si al morir el asegurado, asegurada o pensionado por invalidez tenía dos o más concubinos o concubinas, ninguna de las personas tendrán derecho a recibir la pensión”.
El objetivo de esta iniciativa es fortalecer los derechos humanos de las personas, y eliminar cualquier vestigio de discriminación negativa, en lo especial por lo que hace a la disposición que establece la obligación de los hombres beneficiarios a recibir una pensión de su cónyuge o concubina fallecida, para acreditar en un procedimiento especial en materia de seguridad social, la dependencia económica respecto de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez.
Barajas García, dijo “vivimos en una sociedad que ha evolucionado y ahora las familias se componen de diferentes maneras, por lo que es una obligación del Estado proteger y facilitar el acceso a lo que por derecho les pertenece a todas las personas”.