Por ello, resulta pertinente homologar la legislación local con la ley vigente a nivel federal a efecto de que como requisito para el nombramiento de defensora o defensor público sean presentados exámenes de conocimientos que validen lo anterior, agregó Bautista Villegas al presentar una iniciativa para adicionar las fracciones VII y VIII al artículo 45 de la Ley de la Defensoría Pública del Estado de San Luis Potosí.
Con esta reforma se busca establecer en el artículo 45 de la ley mencionada, que se refiere a los requisitos para ser defensora o defensor público, que la persona interesada en ocupar este cargo también deberá aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes; y en cuanto a la permanencia, no incurrir en deficiencia técnica manifiesta o reiterada ni incumplir los deberes propios del cargo.
En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que la Ley de la Defensoría Pública del Estado de San Luis Potosí, establece en su artículo 1º que su objeto será la “prestación del servicio de defensa pública en el Estado para proporcionar obligatoria y gratuitamente defensa en materia penal en los términos de los artículos 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 18 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, consistente en una defensa integral, ininterrumpida, oportuna, técnica y de calidad”, lo cual debe hacerse atendiendo a principios básicos para ello establecidos en la misma ley.
En este sentido, tal servicio debe ser prestado por personal que cuente con elementos técnicos que prueben sus capacidades y conocimientos, en atención a que el servicio que se presta a los ciudadanos requiere del mayor grado de pericia, razón por la que resulta pertinente homologar la legislación local en este sentido a efecto de que como requisito para el nombramiento de defensora o defensor público sean presentados exámenes de conocimientos que validen lo anterior.
Con lo planteado, garantizamos en un primer momento homologar nuestra norma sustantiva con la ley vigente a nivel federal estableciendo ideas que para efecto de la permanencia se mantenga un cierto nivel de conocimientos y que en todo momento se mantenga el dominio de los mismos para evitar caer en inconsistencias técnicas como requisito de permanencia en el servicio, garantizando con ello que los defensores públicos en todo momento se encuentren preparados para brindar a la ciudadanía la mejor atención jurídica posible; sostiene la iniciativa.
La iniciativa del legislador Oscar Bautista Villegas se turnó a la Comisión de Justicia del Congreso del Estado para su análisis correspondiente.