OTRA REFORMA ESTABLECE QUE LAS AUTORIDADES SANITARIAS ESTATALES, EDUCATIVAS Y LABORALES, DEBERÁN REALIZAR ACCIONES RELACIONADAS CON LA ESTIMULACIÓN TEMPRANA EN LOS MENORES DE CINCO AÑOS.
Se indica además, que los servicios públicos de salud deben otorgar al menos cinco consultas prenatales para las mujeres embarazadas, independientemente de su derechohabiencia o afiliación a cualquier esquema de aseguramiento, o ausencia de éste.
En la exposición de motivos de esta reforma, se indica que estas adecuaciones a la Ley de Salud del Estado, tienen como finalidad brindar apoyo a la mujer que se encuentra en el proceso de embarazo y, en su momento, en trabajo de parto para que pueda estar acompañada; se trata de una medida que ayudaría a mejorar la atención materna, y en ese aspecto, existe la posibilidad de impactar positivamente tanto a nivel personal, de las madres e hijos, como en la salud pública, ya que de acuerdo a la evidencia citada, los procedimientos de parto se pueden volver más sencillos al reducir los factores de riesgo relacionados a estrés.
Y, además se establece un modelo de cinco consultas para mujeres embarazadas, para que se convierta en un instrumento útil para abatir la mortalidad materna en la Entidad, y un nuevo elemento del conjunto de políticas enfocadas a ese fin.
También fue aprobada por mayoría de 19 votos a favor, 3 abstenciones y 2 votos en contra, la reforma al artículo 55 en su fracción V; y adición al mismo artículo 55 una fracción, ésta como VI, por lo que actual VI pasa a ser fracción VII, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, para establecer que las autoridades sanitarias estatales, educativas y laborales, en sus respectivos ámbitos de competencia, apoyarán y fomentarán, entre otras, las acciones relacionadas con la estimulación temprana en los menores de cinco años, a fin de potenciar sus capacidades de cognición, motriz, lenguaje y socio-emocional.
Esto, en virtud de que los primeros cinco años de vida de toda persona son un periodo vital, donde la adaptación del sistema nervioso y el cerebro determinan el desarrollo físico y psicológico posterior. Por ello se debe garantizar que las primeras experiencias con el mundo exterior generen el máximo desarrollo de los potenciales y capacidades de las personas.
Fue aprobada por mayoría de 25 votos a favor y 1 abstención, la reforma a los artículos 3° en sus fracciones, XXXV, y XXXVI, 8º en sus fracciones, III, y IV, y 330 en su fracción X; y adición a los artículos, 3º la fracción XXXVII, 4º la fracción LVIII BIS, y 8º la fracción V, de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, en relación a la nomenclatura vial, para homogenizar en todo el Estado los datos y las formas en que se deben de realizar las placas de identificación de calles para que éstas cuenten con las mismas características, lo anterior para mantener una buena imagen urbana y la identificación fácil de las calles y vialidades en beneficio de la ciudadanía.
Fue aprobada por unanimidad de 27 votos a favor, la reforma al artículo 16 en su fracción XXVII; y adición al mismo artículo 16 una fracción, ésta como XXVIII, por lo que actual XXVIII pasa a ser fracción XXIX, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer un mecanismo para la ejecución de auditorías en caso de emergencia que impida a la Auditoría Superior del Estado cumplir con su objeto.
Así, se indica que en caso de epidemia o peligro de invasión en el país o en el Estado, así como por caso fortuito o fuerza mayor que impida o limite el cumplimiento de su función fiscalizadora, llevará a cabo sus actuaciones mediante el uso de herramientas tecnológicas bajo la modalidad no presencial, esto es, a distancia, a través de medios virtuales que permitan la comunicación simultánea con transmisión en tiempo real entre la Auditoría Superior del Estado y los entes auditables.
Fue aprobado por mayoría de 26 votos a favor y una abstención, el decreto que reforma los artículos, 8 en su fracción III el inciso o), y 15 en su fracción III, de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para incorporar dentro del Sistema Estatal de Desarrollo Social, y de su consejo consultivo, a los presidentes de la Comisión de Desarrollo Económico y Social; y el Comité de Reforma para la Competitividad y Desarrollo Sustentable, entes pertenecientes al Congreso del Estado.
Dicha disposición, lleva a la transversalidad de tal responsabilidad conforme transcurran las legislaturas siguientes, permitiendo el perfeccionamiento del trabajo legislativo en la estructura del desarrollo social mediante las distintas fuentes ideológicas y partidarias de donde provengan los legisladores que formen parte del Sistema.
Fueron aprobados los Informes financieros del Honorable Congreso del Estado, de: marzo; abril; y mayo, del 2020.
A las comisiones legislativas, fue turnada la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo, los ayuntamientos, poderes de otras entidades del país, y particulares; así como las iniciativas presentadas por diputadas de la LXII Legislatura; e integrantes del Tribunal Electoral del Estado.
En Asuntos Generales, participaron los diputados Edgardo Hernández Contreras, Eugenio Govea, Rolando Hervert, Mauricio Ramírez Konishi, Edson Quintanar, Oscar Vera; y las diputadas Paola Arreola Nieto, Sonia Mendoza Díaz, Isabel González, Alejandra Valdés, Beatriz Benavente, Marite Hernández, Angélica Mendoza, Patricia Silva, participaron sobre diversos temas.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria No. 71, presencial, en el Centro de Convenciones de San Luis Potosí, mañana lunes 29 de junio de 2020, a las 10:00 horas.