El diputado José Antonio Zapata Meráz, presidente de esta comisión legislativa y promovente de esta iniciativa indicó que estos recursos, con excepción de una parte, que debe ser la mínima indispensable para costos de administración del gravamen; además de que el ente ejecutor del gasto tenga que hacer público un informe anual del uso del producto de ese impuesto.
Indica que entre otros beneficios que se pueden obtener están el estimular los principios de eficacia y eficiencia en la recaudación y en el uso de este ingreso estatal; al etiquetar un impuesto que es relativamente reciente, se aumenta su certeza y su formalidad y se aseguraría a los empresarios del ramo hotelero que el gravamen se usa con el fin que fue creado; todo para apoyar el desarrollo de un sector en San Luis Potosí que produce importantes derramas y debe ser un acompañamiento para su vocación industrial y turística.
En el mismo sentido, se aprobó también reformar diversos artículos de la Ley de Turismo del Estado para fortalecer las marcas turísticas estatal y regionales, establecer sus reglas de uso, así como su diferenciación respecto a los elementos de comunicación social de los gobiernos estatal y municipales, y conceder atribuciones a la Secretaría de Turismo para definir las marcas, y al Consejo Consultivo Estatal para realizar propuestas sobre su diseño.
La propuesta establece que la marca turística del estado, así como las de las regiones, centro, huasteca, altiplano, y media, son elementos gráficos, colores y palabras asociados a atributos singulares, y en algunos casos exclusivos, que facilitan la identificación, asociación y reconocimiento del estado y las regiones que lo integran; tienen el objetivo de aumentar la proyección y competitividad turística de la entidad y las regiones a nivel nacional e internacional, por medio de su presencia estable y a largo plazo, con independencia de los periodos administrativos.
La Secretaría de Turismo promoverá el uso de las marcas turísticas en todos los materiales gráficos, visuales y electrónicos que se utilicen con fines de promoción y difusión turísticas, y se procurará que las marcas turísticas regionales sean utilizadas junto a los elementos de la marca estatal.
La marca estatal y las marcas regionales deberán estar presentes en los principales puntos de enlace terrestre y aéreo de pasajeros de la entidad, así como en lugares y eventos públicos con afluencia turística, previa autorización por parte de la Secretaría.
Además, podrán usarse en productos, servicios e instalaciones, así como en materiales gráficos y audiovisuales orientados al turismo, previa autorización por parte de la Secretaría. El conjunto de motivos gráficos, paletas de colores y palabras utilizadas por la administración estatal y las administraciones municipales en sus campañas de comunicación social, en todos los casos, deberán ser distintos a los elementos de la marca turística del estado y a las marcas de las regiones
Zapata Meráz indicó que ambos dictámenes serán presentados próximamente a votación en el pleno del Congreso del Estado.