PRESENTA INICIATIVA PARA REFORMAR LA LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS EN PROYECTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ
Además, se busca con esta iniciativa, que si bien las Asociaciones Público Privadas, son una gran opción para la provisión de servicios, “resulta necesario complementar la Ley, reforzando los controles para no permitir que se comprometa la salud presupuestal”, agregó.
El legislador, explicó que las Asociaciones Público-Privadas (APP) son esquemas de inversión de largo plazo, que tienen por objeto la prestación de servicios al sector público con base en el desarrollo de infraestructura que construye y opera el sector privado.
Por lo anterior, el diputado Ricardo Villareal Loo, expuso que su iniciativa, propone, incorporar de forma obligatoria una serie de elementos como; el impacto presupuestal de los distintos proyectos existentes acumulados, cuando los haya, además, de la proyección general futura de impacto presupuestal, que incluya al menos la posible evolución de la deuda, y el estado histórico del presupuesto de egresos y proyección estadística mínima del mismo, a nivel estatal o municipal según sea caso.
Dijo que “con lo anterior, se busca establecer elementos base en el aspecto presupuestal que se tengan que cumplir por Ley, para que la disciplina en el presupuesto, sea un elemento que siempre se considere a la hora de evaluar los proyectos de APP. Los lineamientos propuestos tienen en común una visión de conjunto sobre el presupuesto, que no se agota en su estado actual, sino que busca utilizar proyecciones futuras”, agregó.
Expuso de acuerdo al Instituto Mexicano de Asociaciones Público Privadas, IMAPP, la falta de recursos en el sector público, especialmente en el ámbito municipal, ha producido la necesidad de crear un vínculo con el sector privado mediante la APP que constituye una alternativa para la provisión y financiamiento de dicha infraestructura y servicios públicos.
Consideró que estos proyectos pueden incluir el estudio, diseño, construcción, operación y mantenimiento de los mismos. Mientras que el ente privado asume las actividades de diseño, construcción y operación (mantenimiento y conservación incluidos) de la infraestructura, hasta su transferencia o reversión, según sea el caso, al ente público al vencimiento del plazo del contrato.
El diputado Ricardo Villareal, recalcó que las APP se han implementado como una respuesta a los problemas que usualmente enfrenta la provisión de infraestructura y servicios públicos como son: una creciente demanda de la población, presupuestos limitados, deuda pública, mantenimiento inadecuado, entre otros, que limitan la capacidad gubernamental.
Por último, dijo que frente a esa dinámica, las APP tienen una serie de ventajas como: acelerar la provisión de la infraestructura; implementación más rápida de proyectos; disminución de gastos públicos, creación de incentivos para dar servicios de calidad, y fortalecimiento del rol del gobierno como regulador y supervisor. No obstante, las APP también enfrentan grandes riesgos tanto en el ámbito gubernamental, como en el privado, y requieren de circunstancias adecuadas para operar bien.