Mediante esta adición a la ley, explica la legisladora, se busca establecer que el Poder Judicial del Estado integrará al Centro cuando menos un Juzgado Familiar, al que corresponderá brindar atención de manera inmediata de diferentes asuntos como: Trámite de medidas cautelares (órdenes de protección y depósitos de personas); trámite de pensión alimenticia, de guarda y custodia, y en su caso, de pérdida de patria potestad; y tramitación de divorcios en casos de violencia de género, entre otros.
En su exposición de motivos, indica que de acuerdo al documento denominado “Centros de Justicia para las Mujeres: Lineamientos para su Creación y Operación”, elaborado por la Secretaria de Gobernación y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres se plantea que como requisito mínimo de operación se requiere contar con juzgados familiares, así como otras instancias para dar trámite a los asuntos concernientes a la atención de las problemáticas de las mujeres que acuden a los centros
Señala que con ello se busca contar con las condiciones mínimas en los Centros, pues resulta de gran trascendencia la inmediatez en cuanto a la atención que pueda prestarse a quienes acuden a esta instancia para el acceso a la justicia.
Añade que es una obligación, establecida en el documento denominado “Centros de Justicia para las Mujeres: Lineamientos para su Creación y Operación”, el que se cuente con la representación de los juzgados familiares en los Centros, por lo que es necesario insertar en nuestra normativa tal precisión a efecto de que se garantice el apoyo integral a las mujeres que acuden con la finalidad de acceder a la justicia para sí y sus familia.
En la iniciativa, la legisladora señala también que al momento de su estudio, deberá ser analizado también por la Comisión de Hacienda del Estado, a afecto de que se considere dentro del Presupuesto de Egresos 2020 a favor del Poder Judicial, para que se cumpla con las obligaciones consignadas en el sentido planteado por este ente, pero además para garantizar el acceso a la justicia de manera pronta y expedita en los términos que marca nuestra Carta Fundamental.
Se turnó para su análisis a las comisiones de Derechos Humanos, Igualdad y Género; y Justicia.