Los vehículos deberán contar con seguro que cubra daños a terceros.

San Luis Potosí SLP.- El diputado Oscar Vera Fábregat presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, para que todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes del estado, tengan un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículos.

Además, faculta a la autoridad competente a establecer un monto mínimo de cobertura de la póliza de seguro; por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a que contraten el seguro con alguna institución de seguros específica, y que, para el caso de que no tengan seguro, será acreedor de una multa de cincuenta veces la Unidad de Medida y Actualización.

En caso de reincidencia, la autoridad competente podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de la cuantía señalada.

El legislador Vera Fábregat dijo que según datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), en México, cerca del 70 % de los autos no tienen seguro, lo que es una cifra alarmante.

Un accidente automovilístico no sólo impacta en la economía del país, sino también del bolsillo de las personas que se ven inmersas en un siniestro súbito.

Estimaciones de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), indican que una indemnización por muerte puede oscilar entre

los 300,000 y hasta los 3’000,000 de pesos; por lo que un seguro puede ser un respaldo para afrontar un gasto inesperado, como un accidente vehicular.

San Luis Potosí, es una de las veinte entidades del país donde es obligatorio tener una póliza vehicular. De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, según la reforma del 7 de octubre de 2017, publicada en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, todos los vehículos de motor sin excepción alguna, para que puedan circular en las vías públicas del Estado, deberán contar con póliza expedida por la institución de seguros autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo.

Si los conductores sufren algún accidente vial y éste no cuenta con su seguro vigente, se hará acreedor a la multa que establezca la autoridad competente en el reglamento respectivo.

 

 

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