MODIFICA EL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL A MÁS TARDAR EL 30 DE SEPTIEMBRE
POR MAYORÍA SE DESECHÓ POR IMPROCEDENTE INICIATIVA QUE BUSCABA MODIFICAR EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO Y LA LEY DE SALUD DEL ESTADO QUE PROPONÍA DESCRIMINALIZAR LA DECISIÓN DE INTERRUMPIR EL EMBARAZO.
POR MAYORÍA SE DESECHÓ POR IMPROCEDENTE REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO QUE BUSCABA RECONOCER A LAS MUJERES EL DERECHO DE INTERRUMPIR VOLUNTARIAMENTE SU EMBARAZO EN UN TÉRMINO MÁXIMO DE DOCE SEMANAS DE GESTACIÓN.
Se indica en la exposición de motivos, que con estas modificaciones se armoniza lo establecido por el artículo 67 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que el punto número 1 prescribe: “Los consejos locales iniciarán sus sesiones a más tardar el día 30 de septiembre del año anterior al de la elección ordinaria”.
Así, queda establecido en su artículo 6° que el proceso electoral es “la fase temporal que comienza con la primera sesión del Consejo, convocada a más tardar el treinta de septiembre del año inmediato anterior al de la elección, de conformidad con el artículo 284 de la presente Ley, y que concluye con la declaración de validez de las elecciones que emita el Consejo o, en su caso, la última resolución que emita el Tribunal Electoral del Estado, y comprende el conjunto de decisiones de éste, así como los actos, tareas y actividades que realicen los organismos electorales del Estado, los partidos políticos y los ciudadanos, dentro de este término”
En su artículo 46 señala que “El Pleno del Consejo, para la preparación del proceso electoral, se reunirá a más tardar el treinta de septiembre del año anterior a aquél en que se celebren las elecciones estatales ordinarias. A partir de esa fecha y hasta la conclusión del proceso, el Pleno del Consejo sesionará por lo menos dos veces por mes”.
Y en su artículo 284, “El Pleno del Consejo dará inicio al proceso electoral, mediante una sesión pública de instalación convocada por el Presidente del mismo a más tardar el treinta de septiembre del año inmediato anterior al de la elección, a fin de iniciar la preparación de la elección que corresponda”
Finalmente, en su artículo 286, queda establecido que “El proceso de las elecciones ordinarias de Gobernador, diputados, y ayuntamientos, comienza a partir de la sesión del Pleno del Consejo celebrada a más tardar el treinta de septiembre del año anterior al de la elección; y culmina con la declaración de validez formal pronunciada por el Pleno, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 31 de la Constitución del Estado, y el artículo 44 fracción II inciso l) de esta Ley”.
Otros dictámenes
Por mayoría de 20 votos a favor, 3 abstenciones y 4 votos en contra, se desechó por improcedente iniciativa que buscaba modificar estipulaciones de los artículos, 148, 149, y 150, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí. Y modificar disposiciones de los artículos, 57, 57 Bis, 58, 58 Bis, y 58 Ter, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, que proponía descriminalizar la decisión de interrumpir el embarazo, así como establecer disposiciones sanitarias para realizar esta práctica de manera libre y segura.
También por improcedente, fue desechada por mayoría de 20 votos a favor, 3 abstenciones y 4 votos en contra, la iniciativa que promovía reformar el artículo 16; y adicionar dos párrafos al artículo 12, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por el que buscaba reconocer a las mujeres el derecho de interrumpir voluntariamente su embarazo en un término máximo de doce semanas de gestación. El Estado garantizará el acceso a la información, educación y los medios que les permitan ejercer de forma responsable y segura sus derechos sexuales y reproductivos.
Finalmente, por mayoría de 25 votos a favor, y uno en contra, fue desechada por improcedente la iniciativa que promovía adicionar al artículo 36 el párrafo cuarto, de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, que planteaba el otorgamiento de permisos de inasistencias a trabajar por parte de las instituciones de gobierno a los padres y madres trabajadoras que tengan hijas e hijos inscritos al sistema de educación básica cuando se lleven a cabo las sesiones de los consejos técnicos escolares que impliquen suspensión de clases en forma obligatoria o en su caso se les permita el acampamiento de los escolares a sus centros de trabajo.
Puntos de Acuerdo
Fue aprobado por mayoría de 22 votos a favor, y 2 abstenciones, el Punto de Acuerdo presentado por la diputada Angélica Mendoza Camacho para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, a que rinda un informe a este Congreso de los resultados obtenidos hasta el día de hoy por el Programa Emergente anunciado el pasado 07 de abril, provocado por la emergencia sanitaria.
También se exhorta al Presidente Municipal, de la Capital de San Luis Potosí, a que rinda un informe a este Congreso, de las personas beneficiadas por las acciones tomadas en su gobierno, referente a Incentivar la Economía; así como con algún crédito otorgado, o apoyo dado por su gobierno en los dos meses anteriores a raíz de esta pandemia, referente al programa emergente anunciado, el cual fue ocasionado por la emergencia sanitaria.
A la Comisión de Justicia fue turnado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Edson Quintanar para exhortar respetuosamente a los cabildos de los ayuntamientos de los 58 municipios del Estado de San Luis Potosí, para que en el ámbito de sus atribuciones reglamenten el derecho de audiencia de los probables infractores tratándose del arresto administrativo con motivo de conducir en estado de ebriedad.
En Asuntos Generales, participaron las diputadas Consuelo Carmona, Angélica Mendoza, Laura Patricia Silva Celis; y el diputado Edgardo Hernández Contreras, sobre diversos temas.
Finalmente, el diputado Martin Juárez Córdova, presidente de la Directiva, indicó que se recibió un escrito del Dirigente Sindical de la Sección 26 del SNTE, Alejo Rivera, donde informa sobre la falta de medicamentos en la farmacia y clínica del ISSSTE en San Luis Potosí, a fin de que sea turnado a la Comisión de Salud y Asistencia Social para su revisión
A las comisiones legislativas fueron turnadas para su análisis, las iniciativas planteadas por los integrantes de la LXII Legislatura y ciudadanos, para reformar la legislación del estado sobre diversos temas.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria No. 65, en la modalidad de video conferencia, el jueves 28 de mayo de 2020, a las 10:00 horas.