Presentan iniciativa para reformar la Ley Ambiental del Estado

Para precisar el uso de bolsas y popotes biodegradables o compostables.

EN DIPUTACIÓN PERMANENTE, LA COMISIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE PRESENTÓ LA INICIATIVA QUE BUSCA REFORMAR EL ARTÍCULO 107 DE LA LEY AMBIENTAL DEL ESTADO.

San Luis Potosí SLP.- En sesión de la Diputación Permanente del Congreso del Estado, la Comisión de Ecología y Medio Ambiente presentó la iniciativa para reformar el artículo 107 de la Ley Ambiental del Estado, que tiene como objetivo precisar el uso bolsas y popotes biodegradables o compostables en tiendas y restaurantes, así como las sanciones.

El presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado, diputado Cándido Ochoa Rojas, explicó “esta por entrar en vigor la ley que prohíbe el uso de bolsas de plástico y popotes (en octubre) en centros comerciales y restaurantes, la iniciativa que se presenta tiene como objetivo precisar que se podrán expedir bolsa en estos establecimientos siempre y cuando cumplan con las características de ser biodegradables o compostables”.

Puntualizó “deben ser bienvenidas las bolsas que tengan esas características (biodegradables o compostables), para que no sea una prohibición rotunda, es una determinación que nos lleve a evitar la contaminación al medio ambiente, al cuidado de la fauna que se ve muy afectada por los productos que no se desintegran”.

La iniciativa establece: Único. Se modifican los párrafos primero y segundo y se adiciona un tercer párrafo a la fracción IX del artículo 107 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

Las disposiciones establecidas en los artículos 104 fracción V inciso c), y 107 fracción IX de esta ley, no son aplicables, en el uso de bolsas de empaque o productos de origen, para conservación de alimentos, para uso médico y cien por ciento biodegradables o compostables.

No se sancionará a aquellos establecimientos comerciales y mercantiles que proporcionen para el acarreo de los productos, bolsas reutilizables o desechables cuando estas sean cien por ciento compostables o biodegradables, en los términos de lo descrito en la fracción VI del artículo 47 de esta ley. La iniciativa se turnó a comisiones para su análisis correspondiente.

Además se presentaron en la Diputación Permanente, las siguientes iniciativas: Reformar el artículo 39 en su fracción I, inciso d), de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; reformar los artículos 15, 17, 47, 48, 50, 63, 97, 186, 189, 196, 199, 218, 219, 223, 224 y 238 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con  las Mismas del Estado.

Reformar el artículo 187 Bis en su párrafo último del Código Penal del Estado; propuesta para adicionar párrafo al artículo 40 de la Ley de Notariado para el Estado de San Luis Potosí; Reformas al artículo 123 y derogar el artículo 124 fracción IV de la Ley de Ganadería del Estado.

Se propone derogar del artículo 39 la fracción I de la Ley del Notariado para el Estado de San Luis Potosí; reformar el artículo 3 en su fracción I; y adicionar los artículos 3 Bis y 3 Ter del Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí.

Así mismo derogar del artículo 1348 las fracciones IV, V, del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí; reformar el artículo 107 en sus ahora párrafos, penúltimo y último; y adicionar al mismo artículo 107 párrafo último, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí.

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