Que se garanticen los recursos para el Sistema Estatal Anticorrupción

APRUEBAN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE FINANZAS PARA QUE EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL 2020, SE GARANTICEN LOS RECURSOS PARA EL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN

SE APRUEBA REFORMA A LA LEY AMBIENTAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA INCLUIR EL CONCEPTO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL.

San Luis Potosí SLP.- En Sesión Ordinaria, fue aprobado por unanimidad de 22 votos a favor, el Punto de Acuerdo, presentado por el diputado Martín Juárez Córdova para exhortar  atenta y respetuosamente, a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, y a los integrantes de la Comisión de Hacienda del Congreso del Estado, para que en la propuesta, análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2020, se prevea el presupuesto específico correspondiente a la Secretaría Ejecutiva como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.

También,  exhorta  atenta y respetuosamente a  la  Secretaría  de  Finanzas  del  Gobierno  del  Estado  de  San  Luis Potosí, y a los integrantes de la Comisión de Hacienda del Congreso del  Estado, para  que, en la propuesta, análisis y aprobación del Presupuesto de  Egresos del  Estado Ejercicio fiscal 2020, se prevea en el presupuesto del Estado, recursos debidamente etiquetados al Comité de Participación Ciudadana, del Sistema Estatal Anticorrupción, a través de la Secretaría Ejecutiva, para que los integrantes del Comité de Participación Ciudadana puedan cumplir con sus objetivos y fines, requiriéndose los recursos financieros solicitados para contar con una estructura operativa y la realización de sus atribuciones.

En su exposición de motivos, el legislador señala que  es que resulta necesario fortalecer la participación ciudadana  en el  quehacer público del  ataque a  la  corrupción,  a  través  de  la  planificación presupuestaria para el año 2020, previendo la existencia de presupuesto necesario y debidamente etiquetado para  que  los integrante del  Comité de  Participación Ciudadana, puedan contar con recursos materiales, publicidad de acciones en medios masivos de difusión, recursos humanos, presupuesto para la implementación de foros locales y regionales, presupuesto para la creación y mantenimiento de Comités de Participación Ciudadana en los 58 Municipios del Estado, por decir, lo menos, como lo han estado solicitando desde el año 2018.

Estos, sin duda son conceptos que abonan al funcionamiento y objetivo del Comité de Participación Ciudadana,  que es “establecer los principios, bases generales y de procedimientos, para garantizar que los Ciudadanos cuenten con un Sistema Estatal que prevenga, detecte, investigue y vigile que se sancionen los  actos y hechos de corrupción, así como ser la  instancia de  vinculación  con  las  organizaciones sociales  y académicas relacionadas  con las materias  en contra de la corrupción.

Dictámenes

Se aprobó por mayoría de 15 votos a favor, una abstención y uno en contra, la adición al artículo 3° la fracción XXIV Bis, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, para incluir el concepto de Educación Ambiental, entendido como el proceso de formación dirigido a toda la sociedad, tanto en el ámbito escolar como en el ámbito extraescolar, para facilitar la percepción integrada del ambiente, a fin de lograr conductas más racionales a favor del desarrollo social y del ambiente. La educación ambiental comprende la asimilación de conocimientos, la formación de valores, conciencia ambiental, conductas y competencias tecnológicas para el desarrollo de ecotecnias, con el propósito de lograr la protección al medio ambiente, y de garantizar la preservación de la vida.

Se señala en la exposición de motivos, , que la educación ambiental es el activador de la conciencia ambiental de las personas, y busca prestar importancia y atención al medio ambiente en su conjunto y, con ello, propiciar la modificación de conductas, estilos de vida y hábitos de consumo, en beneficio de la preservación y protección del medio ambiente.

Esta adecuación armoniza la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

También por mayoría de 17 votos a favor y uno en contra, se aprobó la adición al artículo 143 BIS los párrafos, segundo a séptimo, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí; y reforma el artículo 42 en sus fracciones, III, y IV; y adición al mismo artículo 42 la fracción V, de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, con el propósito de establecer que el Programa Estatal Ambiental deberá incluir los siguientes elementos de forma enunciativa, más no limitativa:

  1. Educación ambiental formal e informal; II. Desarrollo sustentable y recursos naturales; III. Sensibilización ambiental; IV. Cambio climático, y  V. Actividades prácticas.

También se agrega en la Ley de Educación del Estado, la disposición de que en los planes de estudio deberá establecerse la aplicación de elementos del Programa Estatal de Educación Ambiental, bajo los términos y principios contenidos en la Ley Ambiental, con el fin de promover su implementación práctica y permanente, lo cual será de mucha utilidad al orientar de formar proactiva los contenidos que se compartan pedagógicamente en las instituciones educativas.

Se indica que la formación ambiental de los educandos potosinos de todos los niveles, pero sobre todo de los más jóvenes, tendrá un impacto positivo en las conductas y actitudes ante el medio ambiente y los graves problemas que enfrentamos, por lo que la educación ambiental, debe ser considerada una herramienta de gran valor para asegurar un futuro sustentable.

También con 19 votos a favor, se aprobó la reforma al artículo 107 en su fracción IX los párrafos, segundo, y tercero; y adición al mismo artículo107 el párrafo décimo tercero, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, para establecer claramente los conceptos de biodegradable, entendido como lo que se descompone con elementos químicos naturales por acción de agentes biológicos, como el sol, el agua, las bacterias, las plantas o los animales. En tanto que lo compostable implica que el material se degrada biológicamente, produciendo bióxido de carbono, agua, compuestos orgánicos o biomasa, a la misma velocidad que el resto de materia orgánica que se está compostando con éste, sin dejar residuos tóxicos.

Esto debido a que es de todos sabido que en los próximos días entrará en vigor en este Estado la prohibición de expedir y usar bolsas y popotes de plástico. Esta determinación persigue no sólo fomentar la cultura de preservación del medio ambiente, sino también el cuidado de la flora y fauna.

Por otra parte, en atención a que tanto la biodegradación como lo compostable, llevan al mismo fin, esto es, a evitar la contaminación, también es necesario precisar que con uno de los dos efectos que lleven las bolsas y popotes, ya se evitará con ello la sanción y, por consecuencia, será legal su uso. Se indica ello en atención a que ambos conceptos llevan al mismo objetivo, luego entonces debe ser uno u otro, y no exigirse  ambos, porque implican procesos y compuestos distintos, aunque, se reitera, con un mismo objetivo, efecto o consecuencia, que es impedir la contaminación.

Puntos de Acuerdo.

Fue aprobado por mayoría de 17 votos a favor, 2 abstenciones y 1 voto en contra,  el Punto de Acuerdo presentado por la diputada María del Consuelo Carmona Salas, para exhortar  al titular de la Delegación Estatal del  Instituto Nacional de Antropología e Historia en San Luis Potosí y a la Presidenta Municipal de Catorce, a fin de que informen acerca de la solicitud, condiciones, tramitación y autorización al proyecto de ampliación de un hotel contiguo a la construcción histórica de “El Palenque” del municipio de Catorce, que afecta y modifica la arquitectura del mismo.

Señala que la construcción conocida como “El Palenque”, justo a media cuadra de la plaza principal “Hidalgo” hacia el norte; una arena que fue construida para las peleas de gallos muy al estilo de un anfiteatro romano.

 La construcción no es la original, pues la primera fue realizada de material perecedero y dato del año 1789. Y no fue sino hacia 1863, que el empresario Diego González Lavín, construyó un nuevo palenque de piedra excepto las gradas, hechas de madera.  En 1977, se hicieron arreglos por orden del Ayuntamiento. El ruedo fue reconstruido y el graderío se levantó de piedra.

También se aprobó por unanimidad de 21 votos a favor, un Punto de Acuerdo presentado por el diputado Emmanuel Ramos Hernández para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, presenten ante esta Soberanía informe en el cual expongan acciones y medidas llevadas a cabo para combatir y erradicar la caza furtiva en el Estado de San Luis Potosí.

Se busca que presenten ante esta Soberanía informe en el cual expongan  medidas de solución para enfrentar  de fondo la problemática de la caza furtiva en el Estado de San Luis Potosí; y presenten ante este Congreso del Estado, informe detallado con el número de denuncias atendidas y realizadas y el seguimiento llevado a cabo de las mismas, respecto de las conductas infractoras o constitutivas de delitos a los que se refieren los numerales 122 de la Ley General de Vida Silvestre; y 298 del Código Penal Federal cometidos en el Estado de San Luis Potosí.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria para el próximo jueves 7 de noviembre a las 10:00 horas en el Salón “Ponciano Arriaga Leija” de Jardín Hidalgo 19.

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