Se exhortara a los titulares de la CNA y de la ASF para que rindan un informe detallado de la Presa “La Maroma”

SE APROBÓ POR UNANIMIDAD EMITIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LOS REPRESENTANTES DE LOS SECTORES Y ORGANIZACIONES PROPONGAN A DOS CANDIDATOS QUE INTEGREN LA COMISIÓN DE SELECCIÓN A LA QUE CORRESPONDE NOMBRAR A LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

POR MAYORÍA SE APROBÓ EXHORTAR AL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO, A RENDIR INFORME CON NIVEL DE AVANCE Y PROYECTO DE REGLAMENTO INTERIOR DE CENTROS ESTATALES DE RECLUSIÓN.

San Luis Potosí SLP.- La LXII Legislatura realizó este jueves el periodo extraordinario de sesiones, al que asistió en representación del Gobierno del Estado, el secretario de Finanzas, Daniel Pedroza Gaitán y en representación del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), la magistrada María del Rosario Hernández Cruz.

En la sesión extraordinaria el pleno del Congreso del Estado por mayoría se aprobó el Punto de Acuerdo para exhortar a los titulares de la, Comisión Nacional del Agua y de la Auditoria Superior de la Federación, a revisar íntegramente el proyecto de construcción de la presa y acueducto “La Maroma”, así como avances realizados al momento.

La propuesta del Punto de Acuerdo fue presentada por la diputada María del Consuelo Carmona Salas con base a los resultados que se obtuvieron en el foro organizado por el Congreso del Estado el pasado 09 de noviembre del 2018, en Matehuala, con los diferentes actores e instituciones involucrados en el proyecto de la presa y acueducto “La

Maroma”, en donde se identificaron presuntas irregularidades que se escucharon durante el foro.

Entre las presuntas irregularidades se mencionaron: El objeto inicial del proyecto cambió con el transcurso del tiempo, la existencia de documentos legales que reflejan derechos a favor de ejidatarios y que no están siendo considerados, las diferencias en los recursos aplicados al proyecto, así como que un acta ejidal fue presuntamente falsificado en las firmas de sus integrantes, entre otras más.

Es por ello que la legisladora propone tomar medidas a fin de que los servidores públicos ejerzan sus funciones y den cumplimiento cabal a su  trabajo siempre en beneficio de la sociedad y no que encuentren grandes negocios en la edificación y operación de los proyectos.

En razón de lo anterior, el titular de la Comisión Nacional del Agua así como el titular de la Auditoria Superior de la Federación a través de sus áreas facultadas para tal efecto, deberán revisar íntegramente el  proyecto de la presa y acueducto “La Maroma”, así como los avances realizados hasta el momento, con el único fin de verificar que efectivamente no se estén atropellando los derechos de la sociedad y que el bien común sea el que prevalezca.

Se aprobó por unanimidad emitir la convocatoria pública para los representantes de los sectores y organizaciones  propongan a dos candidatos que integren la Comisión de Selección a la que corresponde nombrar a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.

Las instituciones convocadas son de investigación y de educación superior, Asociaciones y colegios de profesionistas de las áreas sociales y administrativas, Asociaciones, organizaciones y/o cámaras empresariales, Organizaciones de la sociedad civil y comités de contraloría social, Consejo Ciudadano de Transparencia y Vigilancia para las Adquisiciones y Contratación de Obra Pública del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, ara el periodo comprendido del día de su elección y hasta la disolución de la misma, los cuales deberán de cumplir con las bases marcadas por el Poder Legislativo.

Por mayoría se aprobó exhortar al Secretario General de Gobierno del Estado, a rendir informe con nivel de avance y proyecto de reglamento

interior de centros estatales de reclusión, homologado a la Ley Nacional de Ejecución Penal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16  de Junio de 2016, presentada por la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez.

 Por mayoría se aprobó reformar el artículo 25 en su párrafo cuarto, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, presentada por el diputado José Antonio Zapata Meráz, para que no se puedan contratar para trabajos de auditoría externos o cualquier otro servicio relacionado con actividades de fiscalización de manera externa, cuando exista parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, entre los prestadores de servicios externos y, el titular de la Auditoría Superior del Estado, cualquier mando superior de la Auditoría Superior del Estado, o las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión.

Por petición de la Comisión del Agua se retiraron del orden del día las propuestas de reforma a los artículos 7 en sus fracciones, XXXI, y XLII y 8 en sus fracciones XXXIII y XXXIV; y adicionar a los artículos, 7 dos fracciones, éstas como XLIII y XLIV, por lo que actual XLIII pasa a ser fracción XLV, y 8 las fracciones, XXXV y XXXVI, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí y reformar los artículos; 7 en su fracción XXLII, Y 8 en sus fracciones, XXXIII, Y XXXIV; y adicionar a los artículos, 7 una fracción, ésta como XLIII, por lo que actual XLIV, 8 la fracción XXXV, y 134 un párrafo, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí.

 Por unanimidad se aprobó reformar el artículo 9 de la Ley de Juicio Político para el Estado de San Luis Potosí, presentado por el Diputado Oscar Carlos Vera Fabregat. para quedar como sigue: Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos a que se refieren las fracciones II a X del artículo 7º de esta Ley, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales, o de su buen despacho.

Se aprobó por unanimidad reformar los artículos, 24, y 29, de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de San Luis Potosí, presentada por el diputado Cándido Ochoa Rojas,  para quedar como sigue: Artículo 24, El procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado por la vía contenciosa se substanciará de conformidad con lo

dispuesto por el Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí. Artículo 29. Las resoluciones de la autoridad administrativa que nieguen la indemnización o que no satisfagan al interesado, podrán impugnarse ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, en los términos del Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí.

 Por unanimidad se aprobó la iniciativa para reformar el artículo 10 en sus fracciones, IV, y V; y adicionar a los artículos, 2º párrafo segundo, y 10 la fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue: El Congreso del Estado se regirá por el principio de parlamento abierto, que se refiere a los mecanismos que garantizan la promoción del derecho a la información, la participación ciudadana y la rendición de cuentas, a través de esquemas que privilegien el acceso de manera sencilla a la información generada al interior.

 Por mayoría, se aprobó la reforma a la iniciativa mediante la que plantea adicionar párrafo al artículo 19, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí,  para quedar como sigue: Las dependencia y entidades de la administración pública estatal que cuenten una Dirección, Subdirección, Área o Unidad de Asuntos Jurídicos, deberán tener la denominación posterior a la definición orgánica antes señalada según sea el caso, de “Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos” con el objetivo de que las mismas, asuman y promuevan dicho enfoque para respetar, proteger, promover y garantizar derechos humanos, mediante la atención, opiniones, y coadyuvancia en el cumplimiento a las recomendaciones en la materia, así como la implementación de políticas públicas y la resolución de aquellos asuntos relacionados con el cumplimiento de los derechos humanos, lo anterior, en coordinación con la Secretaría General de Gobierno.

Se aprobó regresar a comisiones de Puntos Constitucionales; Derechos Humanos, Igualdad y Género; y Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social, la propuesta de reformar el artículo 41 Quáter en sus fracciones, II, y XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; y reformar el artículo 80, de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí.

 Por mayoría se aprobó la iniciativa que plantea reformar los artículos, 5°, y 6° en su párrafo tercero, de la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí.

 Por mayoría se aprobó la iniciativa de reforma que plantea reformar el artículo 9 en su fracción XVII, de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue: XVII. Fomentar los valores y principios del cooperativismo, así como los del emprendimiento social.

 Se aprobó por mayoría la iniciativa que propone derogar del artículo 2° la fracción III, de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de San Luis Potosí.

 Se acordó regresar a comisiones de, Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Derechos Humanos, Igualdad y Género; Justicia; y Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social; la iniciativa para reformar el artículo 22 en su fracción XIX, de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí.

 Por mayoría se aprobó la iniciativa que propone reformar los artículos 3 párrafo primero; 4 párrafo primero; 8 fracción VI; 9 fracciones I, VI, X y XI; 10 párrafo primero y fracción III; 40 párrafo primero, 42 en su párrafo primero, y, 74 en su párrafo primero, de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí.

Por mayoría se aprobó la iniciativa para reformar el artículo 46 en sus fracciones, I, y II; y ADICIONAR al mismo artículo 46 la fracción III de la Ley para la Prevención y Manejo Integral e Institucional de los Incendios Forestales para el Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

Artículo 46, La autoridad competente, fundamentando y motivando plenamente su decisión, podrá otorgar al infractor la opción de pagar la multa o realizar trabajos o inversiones equivalentes en materia de conservación, protección o restauración de los recursos forestales, siempre y cuando se garanticen las obligaciones del infractor, éste no sea reincidente, y no se trate de irregularidades que impliquen la existencia de riesgo inminente de daño o deterioro grave de los ecosistemas forestales.

Los ingresos por concepto de multas, que los municipios obtengan por infracciones a las disposiciones de esta Ley, deberán destinarse a la formación de fondos para

  1. El otorgamiento de estímulos para el personal operativo.

III. El otorgamiento de donaciones en especie a las asociaciones civiles de bomberos, brigadistas y voluntarios, paramédicos; así como a los propietarios y poseedores de terrenos forestales, coadyuvantes en las acciones de prevención y combate de incendios forestales.

Por unanimidad se aprobó la iniciativa que impulsa reformar el artículo 54 en sus fracciones, VI, y VII; y adicionar al mismo artículo 54 la fracción VIII, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí; para quedar como sigue: Artículo 54, fracción VIII. Fomentar que los hospitales públicos y privados dedicados a la atención materno-infantil,  cuenten con la certificación “Hospital amigo del niño” de la Organización Mundial de la Salud, y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

Se acordó retirar a propuesta de la Comisión de Salud y Asistencia Social; la iniciativa que propone derogar el artículo 29 la fracción III, de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí

Por mayoría se aprobó desechar por improcedente reformar los artículos, 22 en sus fracciones, IV, y V, y 22 Bis; adicionar tres fracciones al artículo 22, éstas como IV, V, y VIII, por lo que actuales IV y V pasan a ser fracciones, VI, y VII; y derogar del artículo 17 su fracción XIV, de la Ley del Instituto de las Mujeres, del Estado de San Luis Potosí.

 Por mayoría se aprobó desechar por improcedente la solicitud planteada por el Organismo Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez (INTERAPAS), para que le fuera aprobado el balance presupuestario de recursos disponibles negativos cuenta pública 2018.

Por unanimidad se aprobó desechar por improcedente la iniciativa que propone adicionar tres artículos a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí.

 Por mayoría se aprobaron los informes financieros del Congreso del Estado correspondientes a los ejercicios de los meses de mayo y junio del 2019, presentados por  el secretario de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi, para dar cumplimiento a los artículos 19 fracción IV y 82 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y, fracciones IV y V y 128 fracción IV del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado.

Agotados los asuntos, el pleno de la LXII Legislatura clausuró el periodo extraordinario de sesiones, al que asistió en representación del  Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), magistrada María del Rosario Hernández Cruz.

 Previamente, en la sesión de la Diputación Permanente se dio entrada a correspondencia de los diferentes Poderes, ayuntamientos y organismos públicos, agotados los temas se convocó a la próxima sesión de la Diputación Permanente para el próximo jueves 8 de agosto del 2019, en el salón del pleno “Ponciano Arriaga Leija”, ubicado en Jardín Hidalgo 19, a las 10:00 horas.

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