La legisladora detalla que nuestra legislación requiere de leyes más transparentes y precisas en busca de fortalecer la rendición de cuentas, con la finalidad de que la ciudadanía tenga la certeza de que los recursos públicos son aplicados de manera correcta y en apego a los procedimientos que la ley señala para su adjudicación.
“Se empieza desde el empadronamiento de los proveedores hasta el fallo de la adjudicación y su contratación, en armonía a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico vigente, así como a las nuevas directrices en materia del sistema nacional anticorrupción”.
Agrega que en esta iniciativa se busca precisar los requisitos indispensables que cua lquier persona tanto física como moral necesitan para adoptar el carácter de proveedor en cualquier institución pública, con la finalidad de que los ciudadanos tengan la certeza que los proveedores son personas que se encuentran plenamente identificados, en cumplimiento con sus obligaciones fiscales y hacendarias.
Asimismo con una solvencia financiera y operativa para dar cumplimiento al suministro de los bienes o servicios por los que son contratados, y con ello tratar de erradicar la especulación, el tráfico de influencias o la simulación de proveedores.
De igual forma, se plantea regular sobre la cancelación y suspensión de los proveedores por diversas causas, como el que se encuentren en concurso o quiebra, falsedad de declaraciones o documentos, se les haya cancelado un contrato, con el objetivo de garantizar a las Instituciones Públicas las mejores condiciones técnicas y económicas en la contratación de un bien o servicio, pues de lo contrario se generaría un conflicto de intereses que podría traer consigo un menoscabo al patrimonio gubernamental.
Otro de los puntos medulares, se refiere a la obligación que tendrán los comités de adquisiciones para que en el caso de realizar una adjudicación directa, tendrán que dar aviso al órgano de control interno de la Institución, adjuntando el acta y el procedimiento del fallo, con el objetivo de que este órgano inspeccione y vigile que la contratación estuvo apegada a derecho, de conformidad con las leyes en la materia.
En el mismo sentido se procurará que tratándose de invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores, al momento de la apertura de las propuestas económicas se cuente con la presencia de los proveedores participantes con la finalidad de darle mayor publicidad a la adquisición y así otorgar mayor certeza y certidumbre jurídica a los participantes en concurso, garantizado que se elegirá al proveedor que realmente cuente con la mejor propuesta a favor de los intereses de las instituciones.
La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Hacienda del Estado.