San Luis Potosí SLP.- Para aumentar el control sobre los establecimientos residenciales de Tratamiento y Rehabilitación, el pleno del Congreso del Estado aprobó la modificación al artículo 37 de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones para el Estado de San Luis Potosí.
La iniciativa, presentada por el diputado Ricardo Villarreal Loo, establece que los centros residenciales de Tratamiento y Rehabilitación, deben contar con el reconocimiento y registro emitido por la Comisión Nacional contra las Adicciones.
En la exposición de motivos, se indica que con esta modificación se busca responder al problema del tratamiento de adicciones en estos lugares, aumentando el control sobre los establecimientos residenciales de rehabilitación, para evitar violaciones contra los derechos humanos e incluso actos delictivos, que de acuerdo a reportes de organismos especializados han ocurrido al interior de tales establecimientos, todo con el fin de garantizar el bienestar de los internados.
Se detalla que en nuestro Estado las adicciones han ido en aumento, hasta cinco veces en los últimos 8 años, según la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco, ENCODAT 2016-2017.
El aumento de las mismas no sólo abarca las drogas ilegales sino también las sustancias legales como el alcohol, y cada vez a edades más tempranas, como lo han señalado los Centros de Integración Juvenil, por lo que el fenómeno abarca las dimensiones de un problema público, así como otros en la esfera privada que afectan a los familiares de las personas con rasgos graves de adicción, razón por la cual, en muchas ocasiones las familias se ven en la necesidad de buscar opciones para la rehabilitación.
La ley, por su parte, prevé que estos servicios se puedan prestar tanto por el sector público y privado, siempre y cuando cumplan con los requisitos; sin embargo, muchos de estos centros, a veces denominados anexos, funcionan en condiciones irregulares, o sin observar las normativas aplicables, presentando numerosos y graves problemas, entre los que se encuentran denuncias de violaciones a los derechos humanos producidas por la cantidad de internados en un espacio reducido, el trato que reciben, restricciones al acceso de los familiares y la alimentación.
La implementación de la certificación y del Directorio, suponen grandes beneficios para quienes necesiten el uso de estos servicios, ya que pueden confiar en que el reconocimiento por la CONADIC, indica que se trata de centros operando de forma regular, y que por lo tanto pueden ser más confiables en lo relativo a la observación de los derechos de las personas internadas.
Por lo tanto, ante la problemática estatal señalada, se incorpora la Ley para la Prevención Tratamiento y Control de las Adicciones, el contar con el reconocimiento otorgado por la CONADIC, a los requisitos para la operación de establecimientos residenciales de atención a las adicciones en el Estado, lo que a su vez les permitiría aparecer en el Directorio Nacional.
El procedimiento a seguir para obtenerlo, involucra solicitarlo, presentar documentos y recibir vistas por parte de la Comisión Estatal contra las Adicciones y la CONADIC, la certificación dura tres años y al término es necesario refrendarla.