La diputada promovió la reforma a los artículos, 13 en su párrafo sexto, 70 en su fracción V, 80 en sus fracciones, I, y II, y 83 en su fracción I; y adición al artículo 80 la fracción III, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, la cual, ya fue aprobada por el pleno del Congreso del Estado.
Con las reformas se establece como requisito que las personas que funjan como: síndico; tesorero; y oficial mayor; de que cuenten con título y cédula profesional de abogado en el caso de síndico y de contabilidad pública, administración pública o economía en el caso de tesorero; y, tres años de antigüedad en el ejercicio de la profesión. Esto, con la finalidad de ser una garantía gubernamental para responder a los cambios de decisiones políticas y administrativas.
Con esta modificación, se busca profesionalizar la función pública municipal, ya que los servidores públicos municipales, particularmente quien desempeña la función de: síndico; tesorero; y oficial mayor, son quienes están más cercanos a la ciudadanía, pues es a éstos a quienes les hacen saber de los requerimientos de servicios, y sus necesidades.
Por ello, es elemental que las personas que desempeñen estas funciones, sean aptas, perceptibles, conciliadores de intereses, con sensibilidad para dar atención, y prestar un buen servicio a la sociedad; además de ser observantes de los planes y programas de trabajo de forma institucional.