Reformas a Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Los titulares de las Unidades de Transparencia deberán cumplir con cursos de capacitación: Dip. Nadia Esmeralda Ochoa Limón

San Luis Potosí SLP.- La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la LXIII Legislatura, aprobó en conjunto los dictámenes de las iniciativas para reformar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, así como a la Ley de Archivos para el Estado de San Luis Potosí con el fin de retirar ciertas atribuciones que tiene actualmente la CEGAIP respecto al tema de Archivos y pasar esas atribuciones al Archivo del Estado de San Luis Potosí.

En la sesión de trabajo, las y los diputado de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública, también aprobaron el dictamen para modificar los artículos 5°, 7° y 12 del Reglamento del Consejo de Transparencia del Congreso del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de introducir la figura de consejera o consejero suplente y pasar de 5 a 7 miembros, para cubrir las ausencias definitivas de las y los propietarios del Consejo.

Posteriormente, se aprobó el dictamen de la iniciativa que plantea reformar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, para que las y los titulares, así como el personal, de las Unidades de Transparencia, deberán cumplir dentro de los 45 días hábiles siguientes al día de su nombramiento, con los cursos de capacitación inicial que al efecto implemente la CEGAIP.

Los trabajos de análisis y discusión estuvieron encabezados por la Presidenta de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Congreso del Estado, diputada Nadia Esmeralda Ochoa Limón, vicepresidente diputado Juan Francisco Aguilar Hernández, y el secretario diputado José Luis Fernández Martínez.

En primer término se analizó, discutió y se aprobaron los dictámenes conjuntos promovidos por la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas que buscan reformar del artículo 34 la fracción XXVI; y derogar de los artículos, 3° la fracción XXXII, 34 las fracciones V y VI, del Título Segundo capítulo I la sección quinta, los artículos, 50 y 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.

Lo anterior se justificó procedente del dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la Acción de Inconstitucional 219/2020, declaró la invalidez de diversos artículos de la Ley de Archivos para el Estado de San Luis Potosí, con el objeto de eliminar del texto legal, toda mención que se hacía al “Archivo General del Estado”, así como al “Archivo Histórico del Estado Lic. Antonio Rocha Cordero”, y al Sistema Estatal de Documentación y Archivos (SEDA), para ser sustituidos todos, por la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP).

En segundo término se analizó y aprobó el dictamen de la iniciativa que promueve la diputada Nadia Esmeralda Ochoa Limón, que plantea modificar y adicionar artículo del Reglamento del Consejo de Transparencia del Congreso del Estado de San Luis Potosí. “De conformidad con el artículo 140 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, el Congreso del Estado cuenta con un Consejo de Transparencia, integrado por cinco ciudadanas y/o ciudadanos, cuyo objeto es revisar los asuntos parlamentarios, administrativos y de transparencia de la Legislatura, por lo que ahora se plantea integrar 2 espacios más bajo la figura de la suplencia”.

Por último se aprobó el dictamen de la iniciativa que promueve la legisladora Nadia Esmeralda Ochoa Limón, que plantea adicionar el artículo 34 la fracción XXVI BIS; y el artículo 54 BIS, a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí donde se busca implementar e impartir cursos de capacitación inicial en materia de transparencia, acceso a la información, y protección de datos personales, para titulares y personal de las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados, y otorgar las constancias que acrediten la asistencia y conocimientos adquiridos en dichas capacitaciones.

Los dictámenes serán turnados al Pleno del Congreso del Estado para su análisis y votación.

 

 

 

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