
El Congreso del Estado de San Luis Potosí analiza una iniciativa para reformar el Código Penal local y tipificar el delito de “halconeo digital”, es decir, la vigilancia ilícita mediante medios tecnológicos con el objetivo de facilitar actividades delictivas o interferir en las labores de seguridad pública.
La propuesta legislativa busca adicionar el Capítulo V al Título Décimo Cuarto del Código Penal del Estado, bajo el nombre “Obstrucción de la Seguridad Pública y la Vigilancia Ilícita”. En este capítulo se establecería que comete el delito de halconeo quien, utilizando cualquier medio o dispositivo, con la finalidad de cometer o facilitar la ejecución de un delito previsto en las leyes locales u obstaculizar las labores realizadas por los cuerpos de seguridad en la prevención, investigación, persecución, sanción del delito o la ejecución de penas, realice actos de vigilancia, seguimiento, obtención y comunicación ilícita de información operativa de los cuerpos de seguridad .
La iniciativa también contempla sanciones más severas si estas acciones ocasionan daño directo o ponen en riesgo a los cuerpos de seguridad. Además, se propone reformar el artículo 343 del mismo código para excluir la referencia a particulares en las disposiciones relativas a delitos por hechos de corrupción, como la deslealtad al empleo, cargo o comisión, o el perjuicio al servicio público, y regular estas conductas de manera exclusiva en el nuevo delito de halconeo .
El objetivo de esta reforma es llenar un vacío normativo que actualmente dificulta el combate eficaz de estas conductas y fortalecer la capacidad de los cuerpos de seguridad pública en el estado. La iniciativa fue presentada por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí y se encuentra en proceso de análisis y discusión.