San Luis Potosí propone tipificar el delito de vigilancia digital ilícita

La iniciativa busca sancionar el uso indebido de tecnología para obstaculizar labores de seguridad.

El Congreso del Estado de San Luis Potosí analiza una iniciativa para reformar el Código Penal local y tipificar el delito de “halconeo digital”, es decir, la vigilancia ilícita mediante medios tecnológicos con el objetivo de facilitar actividades delictivas o interferir en las labores de seguridad pública.​

La propuesta legislativa busca adicionar el Capítulo V al Título Décimo Cuarto del Código Penal del Estado, bajo el nombre “Obstrucción de la Seguridad Pública y la Vigilancia Ilícita”. En este capítulo se establecería que comete el delito de halconeo quien, utilizando cualquier medio o dispositivo, con la finalidad de cometer o facilitar la ejecución de un delito previsto en las leyes locales u obstaculizar las labores realizadas por los cuerpos de seguridad en la prevención, investigación, persecución, sanción del delito o la ejecución de penas, realice actos de vigilancia, seguimiento, obtención y comunicación ilícita de información operativa de los cuerpos de seguridad .​

La iniciativa también contempla sanciones más severas si estas acciones ocasionan daño directo o ponen en riesgo a los cuerpos de seguridad. Además, se propone reformar el artículo 343 del mismo código para excluir la referencia a particulares en las disposiciones relativas a delitos por hechos de corrupción, como la deslealtad al empleo, cargo o comisión, o el perjuicio al servicio público, y regular estas conductas de manera exclusiva en el nuevo delito de halconeo .​

El objetivo de esta reforma es llenar un vacío normativo que actualmente dificulta el combate eficaz de estas conductas y fortalecer la capacidad de los cuerpos de seguridad pública en el estado. La iniciativa fue presentada por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí y se encuentra en proceso de análisis y discusión.​

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