San Luis Potosí SLP.- La Comisión de Justicia del Congreso del Estado, analiza una iniciativa de reforma al Código Civil del Estado, para que se declare incapaces de adquirir cualquier bien por testamento o intestado, a las personas que hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y, en general, cualquier acto que perjudique a las personas adultas mayores.
Se indica que las personas adultas mayores tienen derecho a vivir con seguridad, ser libres de cualquier forma de explotación, maltrato físico o mental y recibir un trato digno, por ello, la actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor.
Toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano.
La iniciativa responde a la necesidad de establecer mecanismos de protección hacia las personas adultas mayores, que con mayor frecuencia e intensidad son víctimas de maltrato físico y verbal, despojos y abusos por parte de su propia familia o de personas ajenas, situaciones que acentúan su vulnerabilidad.
Se indica que en nuestro Estado existe la Ley de las Personas Adultas Mayores, la cual establece un marco jurídico que contempla programas y acciones encaminadas a valorar sus condiciones de vida, así como la protección de sus derechos, sin embargo, esto no es suficiente, ya que se presentan casos en que las familias solo tienen interés en los adultos mayores con motivo de algún bien ya sea dinero, inmuebles o pensiones las cuales pretenden quedarse con ellas como sucesión.
La iniciativa propone establecer como causal como incapacidad de heredar por testamento o por intestado, quienes hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, marginación explotación y, en general, cualquier acto que le perjudique a la persona adulta mayor autor de la herencia.
La iniciativa se analiza al interior de la Comisión de Justicia para elaborar el dictamen respectivo y presentarlo a consideración del pleno.