La funcionaria estatal, dijo que la Legislación ambiental es clara en la definición de las competencias para autorizar y regular el manejo y disposición final de los residuos sólidos urbanos, que le corresponden en primera instancia a los municipios, que tienen la facultad para emitir multas a los propietarios de lotes en los que se fomente la acumulación de basura.
Por su parte la Secretaria comentó que a la par la dependencia estatal coadyuva con las inspecciones y supervisiones de sitios denunciados por los vecinos en cuanto tiraderos clandestinos, que dependiendo el tipo de residuos encontrados se turna a las instancias competentes.
Finalmente, agregó que en el caso de ser residuos de manejo especial, la SEGAM inicia los procedimientos administrativos correspondientes los cuales derivan en multas y/o sanciones establecidas en Código Penal Estatal.