El funcionario explicó que la sanción al operador de la unidad de taxi, está contemplada dentro de la legislación vigente, por falta de precaución al conducir, procediendo a aplicar una multa económica de 100 UMA.
Es preciso destacar que la dependencia estatal garantiza que el concesionario cumpla con la obligación de cubrir los gastos que se han generado por las curaciones que fueron necesarias llevar a cabo por parte del veterinario.
Asímismo, informó que el cuerpo de inspección de la dependencia, detuvo el vehículo en mención y al momento de realizar la revisión de rutina, se detectó que el operador en turno, que no es el responsable del percance, no contaba con su gafete, por lo que se procedió a remitir el vehículo a la pensión, aplicando una sanción de 15 UMA al conductor y otra sanción al concesionario de 75 UMA por permitir que un chofer sin gafete esté prestando el servicio.