Se prolonga aislamiento de personal en alta vulnerabilidad: Oficialía Mayor

San Luis Potosí SLP.  Ante la contingencia sanitaria que prevalece en el territorio nacional, el Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Oficialía Mayor, determinó prorrogar la vigencia del “Acuerdo por el que se establecen medidas de prevención en la Administración Pública”, tras el cambio a amarillo en el semáforo epidemiológico para la entidad potosina a partir del 19 de julio del 2021, por lo que continuarán en funcionamiento sólo las actividades gubernamentales de carácter esencial y servicio en ventanilla.

Con el objeto de evitar concentración de personas en las dependencias y entidades de la administración estatal, las y los titulares serán responsables de establecer las actividades que se consideran como esenciales para el cumplimiento de sus funciones y servicios, por lo que deberán distribuir al personal de su adscripción y procurar que en ningún momento se presente en las instalaciones de manera simultánea más del 50 por ciento de la plantilla laboral de la dependencia.

Asimismo, se distribuirá al personal en su adscripción en días y horarios escalonados respetando en todo momento los derechos laborales del personal a su cargo. En cuanto a la plantilla que no se encuentre considerada en una situación especial de salud, cubrirá los planes que garantizarán la continuidad de operaciones para el cumplimiento de las funciones esenciales, además de desempeñar tareas cuya realización pueda llevarse a cabo a distancia.

Quedan exentos de presentarse físicamente a desarrollar actividades, pero, obligados a realizar trabajo a distancia, las y los trabajadores que por criterio médico se encuentran vulnerables, y deberán presentar en el área administrativa de cada institución de su adscripción, la constancia actualizada de su médico tratante del IMSS.

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Durante el periodo que se encuentre vigente la clasificación del semáforo en color amarillo, seguirán en funcionamiento los sistemas de control de asistencia de personal que se encuentran previamente establecidos en las dependencias y entidades de Gobierno del Estado, bajo las jornadas de trabajo previstas en los artículos 26 y 27 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, así como la circular que fija los términos para el pago de los bonos de asistencia y puntualidad. No obstante, será optativo para cada servidor público el cumplir con la jornada laboral establecida para hacerse acreedores a estos beneficios económicos.

Quedan excluidas de la aplicación de la presente circular la Secretaría de Salud, la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía General del Estado, así como las instituciones y autoridades que en función de sus atribuciones participen directa o indirectamente en la seguridad de la ciudadanía al igual que las dependencias que presten servicios públicos como salud, protección civil, agua potable, programas sociales para atender a la población vulnerable, actividades recaudatorias y tributarias y servicios esenciales.

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