San Luis Potosí SLP.- La regidora que preside la Comisión Permanente de Vigilancia, María Eugenia Castro Anguiano, dio a conocer que se retomó el análisis de diferentes dictámenes para establecer las facultades de este órgano edilicio para garantizar y coadyuvar en el manejo transparente de los recursos financieros del Gobierno de la Capital.
Castro Anguiano reafirmó que el principal propósito es fortalecer la fiscalización en la aplicación de los recursos públicos del Ayuntamiento. De ahí la relevancia de tener una mayor claridad en las atribuciones de la citada Comisión, para asegurar de la misma manera la rendición de cuentas.
En este aspecto, la regidora dio a conocer que junto con quienes integran la Comisión se han revisado los antecedentes que dieron origen a la creación de este órgano edilicio, con documentos proporcionados por el Congreso del Estado, entre los que sobresalen:
La reforma del 11 de abril del 2013 al artículo 89, en sus fracciones XV (de atención a grupo vulnerables), y XVI (de Derechos Humanos). Adiciona al mismo artículo 89 la fracción XVII (de Vigilancia) de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, que establece: “…una de las Comisiones de mayor importancia en cuanto al cuidado de los recursos públicos en los ayuntamientos sería la Comisión de Vigilancia, de naturaleza permanente, que se adiciona al enunciado artículo a efecto de coadyuvar en materia de administración de la hacienda pública municipal…”
También se analizó el Proyecto de Decreto presentado el 11 de mayo del 2017, que adiciona y reforma el artículo 89 de la Ley Orgánica del Municipio, que incluye: “Por todo lo anterior la presente iniciativa promueve que en todos los ayuntamientos del estado exista la Comisión de Transparencia y acceso a la información y la Comisión de Vigilancia, con el firme objetivo de legitimar las acciones de los gobiernos municipales y de fortalecer las buenas prácticas y la percepción de las administraciones públicas…”
La regidora María Eugenia Castro lamentó que administraciones pasadas, lejos de dotar a la Comisión de Vigilancia de atribuciones para que cumpla la función para la que fue creada, la dejaron como un mero requisito, “por tal motivo, la revisión de los documentos antes mencionados nos permite establecer el propósito y la naturaleza de esta Comisión, y de esta manera, como administración cumplir con la rendición de cuentas, como ente gubernamental que somos”.