- Ante la contingencia sanitaria, la Coordinación Estatal propone que los Ayuntamientos sesionen a distancia.
- El Artículo 21, fracción I, de la Ley Orgánica del Municipio Libre obliga al Presidente, Secretario del Ayuntamiento, Síndico y Regidores a sesionar ordinariamente al menos dos veces por mes.
El funcionario estatal informó que la Ley Orgánica del Municipio Libre marca como obligatorio que los Ayuntamientos deben sesionar por lo menos dos veces cada mes, de lo contrario estarían incurriendo en una irregularidad.
Destacó que del gobierno municipal se desprenden una serie de obligaciones, además de medidas y acciones, que deben realizarse para salvaguardar los intereses de la población, sin embargo, ante la contingencia, CEFIM sugiere sesiones de Cabildo virtuales como medida preventiva por el COVID-19.
Explicó que existen diferentes cuestiones que el Ayuntamiento debe observar, en el caso de la contingencia, debe ser vigilante de cada una de las acciones que la administración pública haga, “pueden crear comisiones especiales para atender esta pandemia, desde grupos vulnerables, salud, seguridad, agua, comercio, mercados, entre otros, para que su gobierno municipal sigue trabajando, ya que al ser representantes ciudadanos cumplen con esta encomienda”.
Aldaco Ortega agregó que hay cabildos de 8 hasta 15 integrantes, y que San Luis Potosí y sus municipios deben seguir operando a distancia, aplicando las medidas de higiene necesarias para frenar la transmisión del coronavirus, por lo que en la CEFIM se les puede capacitar a distancia para poner en marcha acciones que permitan a los Ayuntamientos seguir operando.
Para mayor información comunicarse a los teléfonos: 8 12 83 98, 8 14 78 04, 8 14 80 87, 8 14 28 39, 8 14 92 18 y 8 14 23 45, o bien, visitar el chat en línea en: www.cefimslp.gob.mx, y en redes sociales, en facebook: CEFIMSLP o twitter: @CEFIMSLP.