Necesario expedir la Ley de Consulta para las Personas con Discapacidad

Congreso del Estado firma con la CEDH y Asociaciones Civiles la iniciativa que insta expedir la Ley de Consulta para las Personas con Discapacidad para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

SAN LUIS POTOSÍ CONTARÁ CON UN MARCO NORMATIVO QUE REGULE DE MANERA CLARA E INCLUYENTE EL PROCEDIMIENTO, BAJO EL CUAL, LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS REALICEN LAS CONSULTAS EN MATERIA DE DISCAPACIDAD: DIP. MARTÍN JUÁREZ CÓRDOVA.

San Luis Potosí SLP.- San Luis Potosí contará con un marco normativo que regule de manera clara e incluyente el procedimiento, bajo el cual, las instituciones públicas realicen las consultas en materia de discapacidad, pues ello permitirá conocer la posición, o las aportaciones sobre temas o asuntos que puedan afectar de forma directa o indirecta sus derechos y sus condiciones de vida.

Lo anterior, lo expresó el presidente de la Diputación Permanente de la LXII Legislatura, diputado Martín Juárez Córdova, en el marco de la firma de la iniciativa que insta expedir la Ley de Consulta para las Personas con Discapacidad para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, donde participaron Jorge Andrés López Espinoza, Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, los integrantes del Comité Técnico del Mecanismo Independiente de Monitoreo Estatal de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, Zeferina Catalina Torres Cuevas,  Secretaria General de fundación Gilberto Rincón Gallardo A.C. capitulo San Luis, y José de Jesús Sánchez Pineda Presidente de “Juntos, una experiencia compartida AC”.

Juárez Córdova señaló “es necesario escuchar sus voces de la ciudadanía cuando se pretendan instrumentar medidas legislativas, administrativas, o políticas públicas, y sobre todo Impulsar la participación efectiva de las personas con discapacidad en el diseño, la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos y programas orientados a fomentar su inclusión.

El legislador recordó que a partir de la reforma al artículo Primero de la Constitución Federal de 2011, en nuestra nación todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, en este último caso “la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobado en la asamblea de la ONU pasa a formar parte de ese paquete de constitucionalidad, de cumplimiento obligatorio”.

Respecto a la consulta a las personas con discapacidad, Marín Juárez Córdova, indicó que sobresale el  artículo 4.3 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que establece la obligatoriedad de celebrar consultas estrechas y colaborar activamente con las personas con discapacidad, incluidas las niñas y los niños con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, ello implica la colaboración con la sociedad civil organizada en torno a los temas que les atañen.

Destacó que esta iniciativa para lograr sacar adelante la Ley de Consulta Para las Personas con Discapacidad para el Estado y Municipios de San Luis Potosí es el resultado del trabajo conjunto con la Comisión Estatal de Derechos Humanos a través del MIME, de la Dirección de Inclusión Social de Personas con Discapacidad del DIF Estatal, con la asociación “Juntos, una Experiencia Compartida AC” que sin duda enmarca la riqueza de sus experiencias.

Durante la reunión se destacó que en San Luis Potosí un 5.7% (57 de cada mil) potosinos y potosinas tiene alguna discapacidad, esta cifra es superior al promedio nacional (5.1%).

Mientras que por otra parte, el artículo 7° de la Constitución Política de San Luis Potosí, dispone que queda asegurado el goce irrestricto de los derechos humanos y las garantías individuales y sociales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los tratados internacionales, las que el Estado adopta como propias.  Las autoridades Estatales y Municipales deberán respetar y hacer respetar tanto dichas garantías, como los Derechos Humanos, conforme lo dispongan las leyes reglamentarias y ordinarias respectivas, así como los tratados internacionales de la materia.

Por ello es que, la presente ley, constituye una herramienta jurídica que, da certeza que los diferentes actos de autoridad estén revestidos de legalidad, pero sobre todo de un profundo respeto a los Derechos Humanos Universales y al cumplimiento de las normas internacionales.  Además la iniciativa plantea en su artículo 43, que se considerará violación a esta Ley, que las y los servidores públicos del Estado y Municipios, así como sus dependencias y entidades, pretendan aplicar programas, proyectos o políticas públicas, o legislar en asuntos que afectan a las personas con discapacidad, sin haberlas consultado en los términos previstos por la presente Ley.

La iniciativa será presentada al Congreso del Estado para que se turne a las comisiones respectivas para su análisis y posible aprobación para ponerla a consideración del pleno del Poder Legislativo.

 

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