-La conducta de Xavier Nava viola el artículo 134 constitucional y utilizó recursos públicos
Explicó que se trata de una denuncia de procedimiento sancionador contra el alcalde y sus colaboradores por haber realizado un evento en el municipio de Axtla de Terrazas, consistente en una “conferencia” en el campus de la Universidad Tangamanga, cuando el objetivo fue la promoción de Xavier Nava como aspirante a la gubernatura del estado.
Dijo confiar en que el organismo electoral actúe con apego a la legislación, porque “se quebranta claramente lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Federal en su párrafo octavo, así como lo establecido en la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí”.
Asistió acompañado de varios funcionarios municipales, como son los citados Jaime Galván Valencia, director de Concertación Política, y el secretario particular del alcalde, Pablo Zendejas Foyo; y en la plática que dio con los alumnos, Nava Palacios habló de seguridad, políticas financieras y de administración en general.
Barajas Ábrego afirmó que la presencia y plática del alcalde en ese plantel educativo no se justifica, además de no tener antecedentes de ser catedrático o conferencista, nada tendría que hacer en un lugar fuera del municipio capitalino, y se incurrió en actos de publicidad de actos de gobierno, “con el propósito de impactar en el ánimo de los habitantes de Axtla y de los estudiantes de esa universidad privada”.
Estamos frente un caso de promoción personalizada tanto del alcalde como de los funcionarios que lo acompañaron, con fines electorales y son actos realizados con recursos municipales; existe un marco legal que configura la conducta cometida y además jurisprudencia para establecer que se violaron diversas normas, concluyó.