La iniciativa propone facultar a los municipios para que en caso de emergencia sanitarias o de protección civil las sesiones de cabildo y de comisión se puedan efectuar vía remota a través de videoconferencia, beneficiando con ello la salud de sus integrantes y a su vez, para garantizar la publicidad de las mismas, estas se podrán trasmitir a través de las páginas web o redes oficiales del municipio.
En el contexto de generar la menor movilidad y contacto de persona a persona, se reafirma la facultad del secretario para emitir constancia respecto a los votos y demás determinaciones que se emitan; en este mismo tenor se establece que los citatorios y anexos que la ley enmarca como de carácter escrito se puedan efectuar con las formalidades conducentes a través de correo electrónico.
En su exposición de motivos, el legislador señala que el 31 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaria de Salud del Gobierno Federal, en el que se determinan acciones extraordinarias en materia de salubridad general, para todo el territorio nacional, con el propósito de realizar todas las tareas que resulten necesarias para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, COVID-19, declarada como emergencia de salud pública de importancia internacional por la Organización Mundial de la Salud.
Por ello, es que se debe partir de dotar de mecanismos a los municipios para que en el ámbito de competencia generen su labor sin la exposición o riesgo a un contagio, y que a su vez se validen determinaciones sin la necesidad de compartir un espacio físico; esto al valerse de los avances tecnológicos, para el óptimo desempeño de su función, lo que deviene en la generación de políticas públicas y sociales, al amparo de la población con plena certeza y validez que las mismas requieren y con ello avanzar en los temas de trascendencia y urgencia que demanda la función municipal y la población en general. La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales.
También, a las comisiones de Puntos Constitucionales y Hacienda del Estado, fue turnada la iniciativa presentada por la diputada Beatriz Benavente Rodríguez, junto con el licenciado José Mario de la Garza Marroquín, para adicionar párrafo noveno al artículo 12 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, con el objeto legal de incluir el mínimo vital como derecho humano en nuestra Constitución.
Y, a las comisiones de Puntos Constitucionales; Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social; y Derechos Humanos, Igualdad y Género, de fue turnada la iniciativa propuesta por el diputado Pedro César Carrizales Becerra para reformar el artículo 17 y se adiciona el artículo 22 bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protección a niñas, niños y adolescentes robados y desaparecidos; que de resultar procedente pueda presentarse como iniciativa ante el H. Congreso de la Unión.
Se declaró la caducidad de los Puntos de Acuerdo turnos 4422 y 4424 y las iniciativas turno 1829 y 1940, todas de la LXII Legislatura.
Agotados los asuntos, se citó a sesión de la Diputación Permanente para el próximo lunes 17 de agosto de 2020, en la modalidad de videoconferencia, a las 10:00 horas.