Podrá ejercer este derecho cualquier persona mayor de edad que sufra “una enfermedad grave e incurable” o “crónica e invalidante” que provoque un sufrimiento “constante e intolerable”.
Este viernes entra en vigor en España la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, que permite que puedan solicitar ayuda para morir las personas que padezcan una enfermedad grave e incurable bajo ciertas circunstancias.
La normativa fue aprobada el pasado 18 de marzo por el Congreso de los Diputados con una amplia mayoría de 202 votos a favor, dos abstenciones y el rechazo frontal de las formaciones conservadoras de la Cámara (141): el Partido Popular (PP) y la ultraderecha de Vox.
Hoy somos un país más humano, más justo y más libre. La ley de eutanasia, ampliamente demandada por la sociedad, se convierte por fin en una realidad. Gracias a todas las personas que han peleado incansablemente para que el derecho a morir dignamente fuera reconocido en España. pic.twitter.com/Ge4CZWuvIe
— Pedro Sánchez (@sanchezcastejon) March 18, 2021
Su entrada en vigor se produce tan solo un día después de que el PP anunciara que recurrirá esta ley ante el Tribunal Constitucional porque considera que puedan ser inconstitucionales “determinados aspectos”, según anunció el alcalde de Madrid y portavoz nacional de la formación, José Luis Martínez-Almeida. Un día antes, fue Vox quien presentó un recurso ante el alto tribunal.
Así, España se convierte en el séptimo país del mundo en regular la eutanasia, después de Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Colombia y Nueva Zelanda. La medida, según todas las encuestas, contaba con el respaldo de la amplísima mayoría de la sociedad española, cercano al 90 %.
¿Cómo se ejerce este derecho?
La legislación ha buscado que el proceso para ejercer este derecho sea breve pero garantista, y regula tanto la eutanasia como el suicidio asistido, por lo que podrá tener lugar tanto en un centro médico como en el domicilio del paciente.
Podrá ejercerlo cualquier persona mayor de edad residente en España que sufra “una enfermedad grave e incurable” o “crónica e invalidante” que provoque un sufrimiento “constante e intolerable”. Además, deberá disponer de toda la información sobre alternativas, como los cuidados paliativos.
El procedimiento comienza con la petición del paciente, que deberá realizarla por escrito dos veces en 15 días y en la que debe quedar claro que no obedece a ninguna presión externa.
Tras la segunda petición, el médico del paciente trasladará la solicitud a la comisión que debe ser creada en cada Comunidad Autónoma. Esta asignará a dos profesionales, ajenos al caso, para que examinen la solicitud. Posteriormente, la comisión aprobará o rechazará la decisión que esos dos especialistas tomen en un plazo máximo de 10 días.
El enfermo podrá cambiar su decisión en cualquier momento y también podrá dilatar su ejecución todo lo que considere una vez haya recibido la autorización.
Caso paradigmático
El apoyo de la sociedad española ha ido creciendo durante los últimos años, especialmente desde que se han conocido algunos casos que han impactado a la opinión pública.
Uno de los más recientes fue el de María José Carrasco. Su marido, Ángel Hernández, le ayudó a acabar con su vida después de haberla cuidado durante más de 30 años, cuando le diagnosticaron esclerosis múltiple.
Antes de su suicidio asistido se encontraba en fase terminal, no podía moverse ni realizar ningún tipo de tarea de autocuidado y padecía terribles dolores. Llevaba años pidiendo que le dejaran tener una muerte digna y que se legislara para que pudiera tener acceso a la muerte asistida.
Actualmente su caso está pendiente en los tribunales. La Fiscalía pide seis meses de prisión para Hernández por un delito de cooperación al suicidio bajo la sospecha de violencia de género.
Fuente: https://www.actualidad.rt.com