El secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo, recordó a los distintos medios de comunicación que durante los tres días previos a la elección y antes del cierre oficial del totalidad de las casillas, está prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
En una carta, Edmundo Jacobo, recordó que el artículo 7, fracción XV de la Ley General en materia de Delitos Electorales establece que se impondrán de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años a quien durante los días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional “publique difunda por cualquier medio los resultados de las encuestas o sondeos de opinión que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales”.
Recordó que el próximo 1 de julio habrá elecciones en México para renovar más de 18 mil cargos de elección popular y locales, lo que significa un proceso electoral inédito, por ser el más grande de la historia del país, por el número de cargos a elegir, por ser los comicios con la más amplia convocatoria ciudadana que se haya tenido.
Recordó que hay 89.1 millones de mexicanos inscritos en la Lista Nominal de Electorales que podrán votar en estas elecciones.
Por ello y con el objetivo de propiciar el sano y libre desarrollo de la jornada electoral, el INE le hace un respetuoso recordatorio a los medios sobre las obligaciones y prohibiciones centrales que la normatividad electoral establece.
“Los resultados de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos sobre elecciones federales, no podrán darse a conocer el día de la jornada electoral, sino hasta el cierre oficial de todas las casillas en el país, es decir, hasta el cierre de aquellas casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional”, establece en el inciso A la misiva del funcionario.
“Los resultados de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos sobre las elecciones locales, no podrán darse a conocer el día de la jornada electoral, sino hasta el cierre oficial de todas las casillas que corresponda”, describe el inciso B de la misiva.
Fuente: http://www.lacronica.com