
CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO.- Especialistas en derecho fiscal advirtieron que, a partir del 1 de enero de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contará con un conjunto de facultades prácticamente ilimitadas para sancionar a contribuyentes, al grado de dejarlos indefensos ante la mínima sospecha de vínculos con presuntas factureras o posibles delitos fiscales.
Un analista, que solicitó anonimato, describió el escenario como la llegada de “los cuatro jinetes del SATocalipsis”, al referirse al arsenal de herramientas incorporadas en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 y en las recientes reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF).
A continuación, los principales puntos que inquietan a los fiscalistas:
1. Cárcel por presunta relación con factureras
El SAT podrá solicitar prisión preventiva oficiosa contra cualquier persona que determine incluir en su lista de presuntos “factureros”, publicada en su portal y en el Diario Oficial de la Federación. Además, podrá perseguir también a los clientes de esas empresas.
Una vez declarada una empresa como emisora de operaciones simuladas, todas sus facturas serán consideradas falsas, afectando incluso operaciones reales. Sus clientes tendrán 30 días para presentar declaraciones complementarias.
“Basta que el SAT sospeche que un contribuyente emitió o recibió una factura simulada para retirarle los sellos digitales, lo que lo deja sin posibilidad de operar”, advirtió Gustavo Leal Cueva, socio de Fiscalia.
La pena por este delito se ubica entre dos y nueve años de prisión.
2. Cancelación de sellos y congelamiento de cuentas
El SAT podrá cancelar sellos fiscales y ordenar el bloqueo de cuentas bancarias a quienes hayan recibido facturas de un contribuyente declarado facturero.
“Si un negocio no puede facturar ni acceder a sus cuentas, simplemente se muere”, sentenció Leal Cueva.
3. Depósito obligatorio en Banco del Bienestar para impugnar
Si el SAT determina un crédito fiscal y el contribuyente decide impugnarlo, deberá garantizar el monto total mediante un depósito en efectivo en el Banco del Bienestar.
Antes podían usarse bienes inmuebles o fianzas, pero ya no.
“Esto es durísimo”, dijo Bernardo Elizondo Ríos, del despacho Adame Elizondo.
Si el contribuyente no tiene liquidez, deberá aportar lo que pueda y el resto respaldarlo con una carta de crédito; si esta se niega, deberá ofrecer bienes muebles o incluso una hipoteca, explicó Carlos Ramírez Larsen, de Deloitte.
4. Juicios ante jueces electos mediante “acordeones”
Los expertos alertan que los nuevos mecanismos judiciales, donde los jueces serán seleccionados bajo esquemas cuestionados, generan un ambiente de incertidumbre para quienes busquen defenderse en tribunales.
Los especialistas coinciden en que las medidas podrían fomentar el cumplimiento fiscal, pero también advierten que, usadas de manera discrecional, constituyen un mecanismo de control capaz de castigar a cualquier contribuyente considerado incómodo para el gobierno.










