La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó bajar de todas las plataformas la conferencia mañanera del pasado 2 de febrero, en la cual el presidente Andrés Manuel López Obrador habló de la consulta de revocación de mandato.
De igual manera, determinó emitir una medida cautelar para que el presidente “se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la revocación de mandato”, que se realizará el 10 de abril.
Ante una denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), la comisión declaró que los hechos denunciados son posiblemente ilícitos, “ya que durante la conferencia ‘mañanera’ el presidente de la República se posicionó respecto al proceso de revocación de mandato, por lo que, en apariencia del buen derecho, se advierte la existencia de un riesgo inminente a los principios rectores de imparcialidad y neutralidad del proceso revocatorio“.
La medida dictada por el INE está fundamentada en la ley de la revocación, la cual señala que “desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno”.
La prohibición aplica en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
Establece también que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la Revocación de Mandato.
La Ley Federal de Revocación de Mandato establece que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del INE, dice un comunicado del órgano electoral.
Pero establece que la ciudadanía sí podrá dar a conocer su posicionamiento sobre la revocación de mandato por todos los medios a su alcance, de forma individual o colectiva, salvo contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión.