Confirman multas al Cabildo de Venado por incumplir sentencias

La Sala Regional Monterrey del TEPJF ratificó sanciones a ocho integrantes del Ayuntamiento por no pagar sueldos a ex regidores y ex síndico.

San Luis Potosí, S.L.P. — En sesión pública, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad las multas impuestas a integrantes del Ayuntamiento de Venado por incumplir sentencias firmes dictadas por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), relacionadas con el pago de sueldos a cinco ex regidores y un ex síndico.

Los juicios impugnados, registrados bajo los números 75 al 82 de 2025, fueron promovidos por el alcalde José Reyes Martínez Rojas, la síndica Cecilia Cerda Zapata, y los regidores Edgar Samuel Trejo Reyna, Adair Guadalupe Álvarez Zamarripa, Gloria Guadalupe Cruz Olivares, María Reyna Guardiola Briones, Juan Gabriel Carranza Coronado y María del Pilar Puente Moreno.

Los funcionarios alegaron que el Tribunal local no valoró sus gestiones para cumplir con las resoluciones; sin embargo, la Sala Regional determinó que tales argumentos eran infundados, al constatar que sí existieron acciones, pero fueron insuficientes para dar cumplimiento total a las sentencias.

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El órgano jurisdiccional también precisó que el cambio de administración no exime al Ayuntamiento de cumplir con las sentencias, ya que la obligación trasciende los periodos de gobierno y recae en la institución municipal.

Con esta resolución, se ratifica la multa de 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) —equivalente a 11 mil 314 pesos por persona— aplicada a ocho miembros del Cabildo por desacato.

Asimismo, el Ayuntamiento de Venado deberá cubrir adeudos por un total de 4 millones 913 mil 725 pesos, correspondientes al pago pendiente de sueldos de cinco ex regidores (3.6 millones) y del ex síndico Simón Sánchez González (1.1 millones), además de dos sanciones económicas impuestas por el Tribunal Electoral del Estado.

La Sala Regional reiteró que las autoridades municipales permanecen sujetas a plazos y medidas de ejecución hasta que se cumpla completamente con las obligaciones ordenadas.

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