Facturas con errores no podrán ser deducidas

Empresas y comercializadoras de bienes y servicios, así como los profesionales que dan atención al público, cada vez más piden la Constancia de Situación Fiscal (CSF), porque el primero de julio deben emitir sus facturas con la nueva versión del SAT 4.0 de los CFDI, que exige la incorporación de más datos y si no los incluyen, el sistema del SAT no les permitirá timbrar el recibo.

Virgina Ríos, académica de la Maestría en Impuestos de la Universidad Panamericana, explicó que “los recibos que se emitan incompletos no podrán ser acreditables ni deducibles de impuestos para el receptor, según el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación (CFF)”.

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“El artículo 83 del CFF indica que es una infracción no expedir o no entregar el CFDI al cliente o darlo sin los requisitos que exige el CFF y el SAT, y el artículo 84 señala que la multa por esta falta puede ir de 17 mil 20 pesos a 97 mil 330 pesos para los contribuyentes en general”, enfatizó.

En caso de reincidencia puede haber clausura del negocio de 3 a 15 días. Por esa razón los negocios no quieren arriesgarse a emitir un CFDI incorrecto porque después podrían solicitarles la reposición o incluso pudieran ser multados.

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