FGR y Secretaría de Trabajo deberán dar información sobre explosión y rescate en Pasta de Conchos: Inai

El comisionado Joel Salas Suárez destacó que la información pública es el insumo para demostrar que se trabaja para que este tipo de casos no se repitan.

La Fiscalía General de la República (FGR) deber entregar versión pública de la averiguación previa de la explosión en la mina “Pasta de Conchos”, que sucedió el 19 de febrero de 2006, en el estado de Coahuila, ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado presidente del Inai, Francisco Javier Acuña Llamas, destacó que el derecho de acceso a la información puede contribuir al escrutinio público de temas relevantes a nivel nacional.

“Esta es una de las resoluciones que propongo, que son de esas que son audaces, que van más allá de lo convencional, porque se refieren a situaciones o a casos que son de trascendencia nacional”, apuntó.

El comisionado  expuso que la determinación se da luego de que un particular solicitó copia del expediente completo relacionado con la explosión de la mina “Pasta de Conchos”, pero la FGR clasificó como reservada la información solicitada, con el argumento de que revelarla menoscabaría las facultades de reacción e investigación a cargo del Ministerio Público de la Federación.

Inconforme con la respuesta del sujeto obligado, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Inai.

En el análisis del caso, se advirtió que la difusión de la indagatoria requerida efectivamente representa un riesgo real, demostrable e identificable que podría vulnerar la investigación que se encuentra en trámite.

Sin embargo, debido a la trascendencia social del caso, el Inai determinó efectuar una prueba de interés público para evaluar si el derecho de acceso a la información debía prevalecer sobre el derecho a la secrecía de las averiguaciones previas en trámite.

El Instituto señaló que acceder a los documentos y actuaciones que llevó a cabo el Ministerio Público permitirá a la ciudadanía valorar el desempeño y actuar de los servidores públicos.

De esta forma el derecho de acceso a la información no sólo busca satisfacer un interés individual, sino la necesidad de la colectividad de conocer de las actuaciones del Ministerio Publico de la Federación en la investigación de hechos probablemente constitutivos de delitos.

Sobre la necesidad, se comprobó que el derecho de acceso a la información es la única vía para que cualquier persona acceda a los documentos inmersos en esta averiguación previa.

En el caso de la proporcionalidad, el Instituto indicó que su difusión contribuirá a la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que pueda valorarse el desempeño de la FGR, fortaleciendo así el escrutinio.

Por lo anterior, el Pleno del Inai determinó modificar, por unanimidad, la respuesta de la FGR y le instruyó entregar al particular versión pública de la averiguación previa identificada con el número 20/UEIDCSPCAJ/2007.

Por otra parte, el Instituto instruyó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) buscar y dar a conocer los documentos que den cuenta de las acciones previstas por la titular de la dependencia, para el rescate de los cuerpos de los 63 mineros atrapados en “Pasta de Conchos”, así como las que haya emprendido, entre diciembre de 2018 y el uno de abril de 2019.

El comisionado Joel Salas Suárez destacó que la información pública es el insumo para demostrar que se trabaja para que este tipo de casos no se repitan.

“El Gobierno federal actual ha dado un paso significativo para dirigir la historia del sector minero mexicano por un nuevo rumbo al retomar el caso ‘Pasta de Conchos‘ e informar a la población de los avances”, enfatizó.

El comisionado afirmó que el caso “Pasta de Conchos” es un ejemplo emblemático de las posibles omisiones más graves que se pueden presentar por parte de los gobiernos y de las empresas mineras a las previsiones establecidas por la Ley.

“Las pérdidas de vidas por omisiones al cumplimiento de la ley son inadmisibles, al 2019 ya no deberían ocurrir. Tampoco deberían registrarse las irregularidades relacionadas con un mal manejo de los impactos sociales y ambientales por la explotación de minerales en el país”, advirtió.

Recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado mexicano no identificó las causas de la explosión en “Pasta de Conchos” ni la presunta responsabilidad de servidores públicos, además de que tampoco ha recuperado los cuerpos de los trabajadores mineros, lo cual debió haber hecho por tratarse de un delito perseguible de oficio.

“Este es el primer caso relacionado con minería en que el Estado mexicano acepta allanarse ante el proceso internacional de derechos humanos. Esto es un hito en la historia nacional que puede ser reforzado si se toma en serio que la transparencia es la vía para que las empresas y el Estado mexicano demuestren su compromiso con la no repetición de casos como este, así como con el respeto a la integridad o salud de los ecosistemas, de los cuales también forman parte las comunidades locales y los pueblos”, remarcó.

En respuesta al particular que solicitó la información, el sujeto obligado, por conducto de la Dirección de Supervisión y Seguimiento a la Inspección del Trabajo de la Subsecretaría del Trabajo, declaró la inexistencia.

Por su parte, la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo, dijo no tener facultades para contar con lo solicitado. Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el Inai.

En alegatos, la STPS reiteró su respuesta original. Sin embargo, agregó que, para dar cumplimiento a la instrucción presidencial de rescatar los cuerpos de los mineros atrapados, iniciaría la conformación del “Plan Integral para la Reparación y la Justicia en Pasta de Conchos”.

En ese sentido, precisó que la primera medida del Plan sería la instalación de un comité del mismo nombre, cuya responsabilidad será darle seguimiento al proceso de rescate.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez advirtió que el sujeto obligado no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley, pues no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes, como la Oficina de la Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a la Delegación Coahuila.

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Además, la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo no asumió competencia y, en consecuencia, no implementó el procedimiento de búsqueda en sus archivos.

Por lo anterior, el Pleno del Inai, determinó modificar la respuesta de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva de la información en las unidades administrativas antes referidas, con el fin de proporcionar los documentos que den cuenta de las acciones que emprenderá la titular de la Secretaría en la mina “Pasta de Conchos”, donde fallecieron 65 mineros, y fueron rescatados dos cuerpos.

Fuente: http://www.aristeguinoticias.com

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